NAIZ
MADRID

El Gobierno español recurre al Constitucional la Ley de Vivienda de la CAV

El Gobierno español ha anunciado que interpondrá un recurso de inconstitucionalidad contra varios artículos de la Ley de Vivienda aprobada en junio del año pasado por el Parlamento de Gasteiz porque considera que se invaden competencias estatales.

El Consejo de Ministros ha acordado solicitar al presidente del Gobierno español, Mariano Rajoy, la interposición del recurso porque la ley, aprobada el pasado 18 de junio, introduce el deber de ocupación de la vivienda deshabitada, sancionando su no ocupación.

El Ejecutivo solicita asimismo la suspensión de la citada normativa.

La ley de la CAV determina e impone una nueva regulación del derecho de propiedad sobre la vivienda al incluir un nuevo deber, el de habitar la vivienda.

Según indica la referencia del Consejo de Ministros, la ley invade las competencias estatales de regulación de las condiciones básicas que garantizan la igualdad de todos los ciudadanos en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales y en materia de derecho civil.

Paralelamente, el Ejecutivo señala que la citada norma establece un régimen sancionador respecto a los propietarios de viviendas desocupadas basado en un sistema de presunciones (como, por ejemplo, consumos anormales de agua, gas o electricidad), en virtud de las cuales podrán imponerse a los titulares de viviendas deshabitadas sanciones económicas de carácter grave o muy grave.

A este respecto agrega que en el ordenamiento jurídico del Estado español no puede establecerse una responsabilidad penal o administrativa sancionadora al margen del principio de culpabilidad y en base a un sistema de presunciones.

Por tanto, considera que se infringen –atribuyendo valor probatorio a meros indicios y estableciendo presunciones legales– los artículos 24.2, 25 y 149 de la Constitución, ya que los procedimientos sancionadores deberán respetar la presunción de no existencia de responsabilidad administrativa mientras no se demuestre lo contrario.

Además, según el Gobierno de Madrid, la ley permite la adopción, por parte de la Administración de la CAV, de medidas como el desahucio administrativo, la expropiación de la vivienda, su venta forzosa, el derecho de adquisición preferente, el alquiler forzoso y la imposición de multas y sanciones, sin establecer graduación alguna entre las mismas, de manera que se vulnera el principio de la proporcionalidad.

Esas medidas tendrían un impacto significativo sobre las entidades de crédito y sobre el mercado hipotecario, vulnerando la competencia estatal de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, señala el Gobierno español.

El Parlamento de Gasteiz aprobó el pasado 18 de junio la Ley de Vivienda que contempla la expropiación temporal de pisos a bancos y la imposición de un canon a viviendas vacías y que reconoce el derecho subjetivo a contar con un hogar, que será exigible en los tribunales.

La ley también incluye un aspecto controvertido sobre que afecta al canon a las viviendas que estén vacías durante más de dos años y la decisión de que en el plazo de cinco años toda la vivienda pública en la CAV se destine al alquiler.