
En una providencia, el pleno del Tribunal Constitucional atiende por unanimidad la suspensión cautelar solicitada por el Ejecutivo español y avalada por el Consejo de Estado contra el plan estratégico de acción exterior y relaciones con la UE 2019-2022, aprobado el pasado 25 de junio.
Lo ha hecho una vez que el Gobierno de Pedro Sánchez invocó el artículo 161.2 de la Constitución para que se produzca la suspensión inmediata después de que el Ejecutivo catalán contestara negativamente al requerimiento de incompetencia que se le remitió en agosto.
La suspensión tiene efecto desde el 28 de octubre, cuando el Ejecutivo interpuso el conflicto positivo de competencia. Ahora, el TC da traslado al Gobierno de la Generalitat para que aporte los documentos y alegaciones que considere oportunas.
El Ejecutivo español acordó el pasado día 18 impugnar ante el TC ese plan de acción exterior de la Generalitat al entender que «menoscaba las competencias del Estado en política exterior y vulnera el principio de lealtad constitucional en el ejercicio de las competencias propias».
Como argumentó entonces la portavoz del Gobierno de Sánchez, Isabel Celaá, «el plan no menciona otros sujetos de la acción exterior, obvia la necesidad de coordinarla y omite toda referencia al Estado y a la función de coordinación que realiza». Y todo ello enmarcado en, según Celaá, «un proceso independentista que pretende el desprestigio de la imagen internacional de España».

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