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Una sentencia falla a favor y otra en contra de dos trabajadoras despedidas de Artiach

LAB ha dado a conocer este martes las sentencias de las dos primeras vistas orales de las denuncias interpuestas por las trabajadoras despedidas por la empresa Artiach. Una de ellas califica de «nulo» el despido y la otra, falla a favor de la ETT y de Galletas Artiach.

LAB ha valorado en su sede de Bilbo las dos primeras sentencias de los despidos de Artiach. (Marisol RAMIREZ / FOKU)

Hasta seis trabajadoras de Galletas Artiach de Orozko interpusieron sendas denuncias al considerar sus despidos improcedentes. El pasado 22 de octubre se celebraron las dos primeras vistas orales y según ha comunicado LAB este martes, una de ellas califica de «nulo» el despido, debido a la vulneración de derechos fundamentales.

La otra, sin embargo, falla a favor de la ETT y de Galletas Artiach por apreciar caducidad de la demanda, ya que esta trabajadora se encontraba, tal y como dice la sentencia, en días de pasivo laboral.

Cabe recordar que en mayo de 2018, LAB denunció ante Inspección de Trabajo el uso abusivo de la contratación eventual en Galletas Artiach, precisando el caso de siete trabajadoras que llevaban entre 6 y 17 años concadenando contratos, «sin que llegara el día en el que pasaran a ser fijas».

Un año después, el informe de Inspección de Trabajo concluyó que se requería la reconversión de los contratos de las siete trabajadoras; pedía que pasaran a ser indefinidas ya que había varias prácticas de fraude. Como respuestas, la empresa que dirige Galletas Artiach (Adams Food) contrató a una y despidió a seis.

Las otras cuatro vistas orales que restan se celebrarán entre enero y mayo de 2020.

Respuesta de LAB

Ante la sentencia que dicta a favor de la ETT y de Artiach, LAB ha querido criticar la decisión. Ha leído un apartado del fallo en el que asegura que Artiach opera habitualmente a través de ETT para contratar al personal eventual. En esta caso se trata de Randstadt.

Según la sentencia, Randstadt tiene una bolsa de trabajo, a la que recurre en necesidades eventuales. Estas trabajadoras pasan a ser eventuales en aquella empresa que requiere sus servicios y tras 180 días de servicios prestados, pasan a una situación de «pasivo laboral». «En este contexto, solo son llamadas para atender periodos de interinidad causados por personal con contrato indefinido», dicta la sentencia.

Dicho lo cual, LAB responde que «es hecho probado que las trabajadoras se pasan periodos sin trabajar para poder burlar los límites legales e intentar evitar una contratación indefinida aún siendo un puesto estructural. Este periodo lo marca la norma que supuestamente tiene la intención de evitar el fraude, pero es el que hace que esta trabajadora quede desprotegida».

Por ello, el sindicato lamenta que dos trabajadoras en las mismas circunstancias no reciben el mismo tratamiento «y el motivo es la forma misma que se utiliza para cometer el fraude».

Eventualidad

En la valoración que han ofrecido las representantes LAB este martes –entre ellas miembros de la Secretaría Feminista–, ha resaltado los problemas de la eventualidad. «Genera una dependencia, un miedo y disponibilidad que hace que se convierta en herramienta clave para que las empresas profundicen en la precariedad», han subrayado.

Por ello, exige a Lakua que se deje de «eslóganes propagandísticos» sobre la eventualidad y que ponga medidas reales.

Asimismo, anima a adherirse a la manifestación que han convocado las afectadas el próximo 14 de noviembre en Laudio, a partir de las 19.00 en la plaza Lamuza. Antes, a las 18.00, partirán a Laudio en cochecaravana desde Orozko.