Llamadas publicitarias
La Ley General de Telecomunicaciones, que prohibía las llamadas comerciales sin consentimiento previo del consumidor, ha dado un giro importante al ampliarse, ya que desde junio exige a las empresas el cese de números móviles para su publicidad comercial. Y es que rectificar es de sabios, aunque haya pasado un tiempo desde su promulgación (año 2023) y ahora se haya hecho a golpe de Orden Ministerial (TDF/149/2025 de febrero).
Desde el pasado 7 de junio, las empresas que deseen realizar llamadas comerciales tendrán que hacerlo desde números especiales, por ejemplo, el 1004 de Telefónica, prefijos geográficos o las líneas gratuitas 900 u 800, a las que hasta ahora solo estaba permitido llamar pero que también podrán realizar llamadas.
De la misma manera, también podrán realizarse llamadas comerciales con números de teléfono que permitan la identificación geográfica de la línea, para saber desde dónde se está llamando. En este sentido, podrán utilizar números fijos que incluyan el prefijo telefónico del país o de la provincia desde la que se emite la comunicación. Así el usuario tendrá más información antes de descolgar.
Con esta medida también se acaba con las llamadas y SMS de origen internacional, las llamadas “señuelo”, que provienen de paises extranjeros aunque utilicen numeración geográfica estatal, con la excepción de aquellos usuarios que se encuentren en “roaming”. Y todo con el objetvo de evitar que los usuarios respondan a las llamadas y evitar estafas de suplantación de identidad con las que obtener, por ejemplo, información confidencial.
De momento, y según datos del Ministerio español para la Transformación Digital, con esta última medida se están bloqueando una media de 235.600 llamadas y 10.000 SMS al día. Ahí queda.
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