BERTA GARCIA
CONSUMO

Viajar en barco

Estamos en época propicia para realizar excursiones o cruceros por mar. Ni mucho calor, ni sitios turísticos petados de gente. Viajar en barco tiene además sus ventajas, pues supone una forma de reunir en un mismo paquete vacacional tres posibilidades: transporte, alojamiento y ocio. Un placer que ha ido acercándose cada vez más a todo tipo de usuarios, tanto por presupuesto como por ampliación de ofertas durante el año.

A la hora de guiarse por categorías, los cruceros presentan una diferencia con el mundo hotelero, pues no se catalogan de la misma forma. Hay muchas recomendaciones para elegir lo menos malo, pero pasa como con la lotería, que puede que aciertes o puede que no, pues dependerá de cómo cada opinante haya vivido la feria. Si suele ser conveniente revisar la “ficha técnica” del barco, en el que se incluyen la fecha de construcción, tonelaje, capacidad de pasajeros y número de tripulación, por ejemplo. Estos últimos datos nos ofrecerán una mejor perspectiva sobre el ratio de aglomeración o comodidad que podremos disfrutar o la atención que nos pueden dispensar a bordo.

Conviene leerse bien el contrato, pues suelen aparecer cláusulas que tampoco son “normales” en tierra, pero sí obligatorias en el mar, como es el pago de propinas al personal. Se trata de los servicios de camarote y restaurante, si bien en algunas compañías ya lo están cargando en la reserva. En cuanto al seguro de viaje, este es obligatorio que vaya incluido, al menos en el transporte marítimo del Estado español, en todos los viajes que realicen y tengan su principio en territorio estatal sin limitación de destino. Luego, si aparte se quiere hacer otro, eso ya es un asunto particular, pero con el primero se tiene que estar cubierto de todas las contingencias establecidas por ley.

En el caso de querer reclamar, las quejas se presentarán en el plazo de dos meses a partir de la fecha en que se prestó o hubiera debido prestarse un determinado servicio. El plazo de respuesta definitiva no deberá superar dos meses a partir de la recepción de una reclamación.