Trump revoluciona el consenso internacional sobre impuestos
La recién adoptada reforma fiscal estadounidense refleja la visión de las relaciones económicas internacionales de la nueva Administración. Las críticas de la UE –aun siendo razonables– resultan hipócritas puesto que la Unión ha sido pionera en vías para la evasión fiscal. En cualquier caso, los mayores perjudicados son los países del Tercer Mundo.

La mayor parte de los análisis de la reforma tributaria impulsada por Donald Trump se ha fijado en su impacto interno, especialmente en la rebaja de impuestos a los ricos. Sin embargo, los aspectos internacionales de los cambios apuntan una transformación de calado en consonancia con la visión que tiene el nuevo presidente sobre el lugar de Estados Unidos en el mundo.
El primer cambio y más llamativo es que la ley Tax Cuts and Jobs Act modifica uno de los fundamentos del sistema tributario norteamericano. A diferencia del resto de los países llamados desarrollados, EEUU no tenía hasta ahora un sistema de impuestos territorial. El Tesoro gravaba la actividad económica de empresas e individuos de nacionalidad estadounidense, independientemente de en qué parte del mundo se generaran los beneficios. Un criterio coherente con su posición de potencia dominante. Esta reforma abandona ese criterio y pone las bases para un sistema territorial. Se olvida del mundo y se centra en EEUU siguiendo la filosofía de America first.
El anterior sistema obligaba a las empresas norteamericanas a pagar prácticamente toda la cuota del impuesto de sociedades cuando repatriaban sus beneficios. Por esa razón las multinacionales estadounidenses mantenían filiales en territorios con baja fiscalidad donde acumulaban sus beneficios. Algunos como Irlanda eran europeos, lo que sacaba de quicio a los legisladores norteamericanos.
La nueva ley abre una vía para que puedan repatriar sus beneficios pagando un tipo excepcional. Se calcula que las ganancias en el extranjero suman 2,6 billones de dólares.
El traslado de beneficios
Esa gran acumulación ha sido posible porque las empresas tienen un amplio abanico de formas de trasladar los beneficios de una filial a otra. Pueden hacerlo inflando los precios entre filiales, o exigiéndoles elevadas remuneraciones por utilizar determinadas patentes o marcas, o otorgándoles préstamos a un elevado interés. Estas prácticas combinadas con beneficios fiscales en los países desarrollados, por patentes para incentivar la investigación por ejemplo, reducían a cero la factura fiscal.
La crisis y el severo ajuste fiscal posterior dejaron en evidencia que las empresas no pagaban impuestos. La OCDE en 2013 creó un grupo de trabajo con el expresivo nombre de «erosión de la base imponible y traslado de beneficios« (BEPS por sus siglas en inglés). Puede pensarse que el fin era acabar con este tipo de vías de elusión fiscal aunque, en realidad, se trataba de establecer ciertos límites que moderaran su uso y evitaran los aspectos más escandalosos.
La reforma de Trump abandona el camino de la OCDE y establece sus propios criterios para evitar este tipo de elusión, con consecuencias que van más allá de la fiscalidad y que afectarán también al comercio. Por ello la Comisión Europea envió en diciembre una carta al secretario del Tesoro estadounidense expresando su preocupación por que la reforma amenaza el libre comercio y discrimina a las empresas extranjeras.
Críticas de la EU
La Comisión llama la atención sobre tres medidas. La primera es un intento de evitar que las multinacionales evadan los beneficios de Estados Unidos utilizando elevados precios en el comercio con sus filiales. Para ello carga con un impuesto indirecto del 20% este tipo de transacciones. Como apunta la Comisión una medida de este tipo puede alterar de manera sustancial los flujos comerciales con Estados Unidos. La segunda medida es similar a la anterior pero dirigida en este caso a las transacciones financieras dentro de un grupo internacional que dejaran de considerarse deducibles y soportarán también una tasa del 10%.
La tercera medida es una similar a lo que se conoce como patent box y pretende aplicar un tipo reducido a los beneficios que reporte el uso en el extranjero de los activos intangibles de una empresa como pueden ser licencias o marcas. La Comisión considera que es una medida incompatible con el consenso alcanzado en la OCDE, no que sea ilegal, y que sería un sistema de subvención encubierta de las exportaciones, como los que existen en muchos países de Europa.
En el fondo la diferencia es que el camino seguido por la OCDE es más sofisticado que el elegido por Trump, mucho más tosco, pero ambos buscan lo mismo: atraer empresas y beneficios ofreciendo bajos impuestos. Y los que van a seguir perdiendo, como hasta ahora, son los países del Tercer Mundo.

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