Agustín GOIKOETXEA
BILBO

Once años de cárcel por los abusos sexuales a un alumno de Gaztelueta

El estremecedor relato de abusos sexuales que sufrió un exalumno del Colegio Gaztelueta a manos de su preceptor es «verosímil» para la Audiencia de Bizkaia. Teniendo en cuenta la gravedad de los hechos probados, el tribunal condena al exprofesor, José María Martínez Sanz, a 11 años de prisión y 15 de alejamiento.

Dura condena de la Audiencia de Bizkaia contra José María Martínez Sanz, exprofesor del Colegio Gaztelueta y numerario del Opus Dei, al que, según la sentencia hecha pública ayer, se le considera autor de un delito continuado de abuso sexual. Dada la gravedad de los hechos, de los que el tribunal destaca la repercusión negativa que ha tenido sobre la víctima en distintos ámbitos de su vida y de su entorno, se impone al acusado la pena de 11 años de prisión y otros 11 de inhabilitación, así como 15 de alejamiento del joven.

En una sentencia muy pormenorizada, que se extiende a lo largo de 70 páginas, los magistrados dan verosimilitud a la totalidad de actos de contenido sexual que la víctima dijo haber sufrido. Consideran acreditado que José María Martínez Sanz, valiéndose de la posición dominante respecto a su preceptuado, realizó tocamientos en diferentes partes del cuerpo del menor, le obligó a masturbarse en su presencia y a introducirse un bolígrafo por el ano.

No les causa extrañeza que el chaval, que cuando ocurrieron los abusos sexuales tenía entre 12 y 13 años, tardase tiempo en verbalizar lo que había sufrido en el colegio vinculado al Opus dei, «periodo coincidente con el momento en el que su salud le va permitiendo afrontarlos, enfrentarse a ellos, y relatarlos» gracias a la terapia que siguió, además de que «haya imprecisión» en ese relato.

«Podemos entender las reticencias del fiscal y más aún de la defensa, pero desde luego a este tribunal no le produce extrañeza la demora de la narración de la totalidad de los hechos porque los ha contado cuando la psicoterapia empleada le ha ido permitiendo afrontarlos porque se trata de vivencias traumáticas de gran impacto emocional y con una repercusión patológica innegable y grave», exponen.

«Si la mente nubla el desarrollo de la propia vivencia traumática porque está oscura, confusa, y perdida, y no es capaz de entender ni lo que está sucediendo ni el por qué, difícilmente se puede exigir una precisión en detalle de la vivencia traumática, porque en alguna medida se carece de ella», añade la sentencia a la hora de contextualizar esa demora en relatar los abusos y el acoso escolar.

El tribunal añade hechos probados no exclusivamente por el testimonio del denunciante, como que el alumno tuvo mayor número de tutorías y de duración más extensa que el resto de estudiantes de la clase con el condenado; la situación de acoso escolar que padeció la víctima por parte de sus compañeros; así como el padecimiento de un transtorno por estrés postraumático a consecuencia de lo padecido por el menor.

Es más, no se detectan «motivos de resentimiento o de venganza» para denunciar al ex profesor de Gaztelueta. Tampoco en la conducta seguida por los padres, que califican de «normal» a tenor de los graves hechos que conocieron.

Sobre los testimonios ofrecidos por personas vinculadas al centro escolar respecto al despacho donde se cometieron los abusos sexuales y al supuesto absentismo escolar de la víctima, los magistrados manifiestan que «no nos han convencido, porque han expresado un discurso tan homogéneo en dos aspectos, tan simétricos, y tan uniforme, que induce a pensar en una estudiada estrategia defensiva».