Beñat ZALDUA
SENTENCIA CONTRA EL 1-O

Un Constitucional supeditado al Supremo deja vía libre a Marchena

El TC ha pospuesto su decisión sobre la sentencia contra el bloqueo del Parlament por parte del 15M, tras filtrarse que iba a tumbar la condena del TS, en la que Marchena había introducido la doctrina de la «violencia ambiental», que podría utilizarse en la sentencia del 1-O.

El caso es rocambolesco, tiene pasajes de telenovela y a ratos es arduo de seguir, pues en las líneas que siguen vamos a hablar de Catalunya, de Marchena, del Constitucional, del 15M, de Estrasburgo y hasta de Atutxa. Sin embargo, merece la pena intentar explicarlo, pues permite aflorar algunas interioridades del Estado español y anticipar, de paso, la línea que podría seguir la sentencia contra el independentismo catalán.

La explicación requiere dos previas. La primera es sobre un caso que tiene entre manos el Tribunal Constitucional: el bloqueo del Parlament por parte de miles de manifestantes del 15M el día en el que la Cámara catalana se disponía a aprobar los mayores recortes registrados hasta entonces en el Estado español. Era junio de 2011. Algunos parlamentarios tuvieron que entrar escoltados, mientras que el president Artur Mas entró en helicóptero.

La Audiencia Nacional absolvió a los acusados en primera instancia, pero la Fiscalía, la Generalitat y el Parlament –las vueltas que da la vida– recurrieron la sentencia, que llegó a manos de Marchena, en el Tribunal Supremo. En una sentencia firmada también por Luciano Varela y Juan Ramón Berdugo –jueces del macrosumario contra el 1-O–, el TS condenó a ocho de los acusados a tres años de prisión por un delito contra las Instituciones del Estado. El ponente fue Marchena, que empleó una novedosa doctrina para imputar una actuación violenta a los acusados, pese a la inexistencia de actos concretos que lo corroborasen: habló de «violencia ambiental». Retengan el concepto.

Este caso está desde hace cuatro años en manos del Tribunal Constitucional.

La segunda previa nos obliga a recordar el caso de Juan María Atutxa y la Mesa del Parlamento de Gasteiz. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) absolvió en primera instancia a Atutxa, a Gorka Knörr y a Kontxi Bilbao del delito de desobediencia por negarse a disolver al grupo parlamentario Socialista Abertzaleak. Pero en el Supremo, con la ayuda de Marchena nuevamente, la absolución se convirtió en una condena de inhabilitación, ante la cual el Tribunal Constitucional negó el amparo.

El caso se cerró finalmente en junio de 2017, cuando el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo condenó al Estado español por no ofrecer a Atutxa, a Knörr y a Bilbao la posibilidad de defenderse. La razón: el TS convirtió la absolución del TSJPV en condena incorporando elementos que no aparecían en la sentencia original y sin dar la posibilidad a los acusados de defenderse.

Establecidos los dos precedentes, viajemos hasta el presente. O casi. El pasado 25 de setiembre, el diario “ABC” titulaba así una noticia: «Pumpido maniobra en el Tribunal Constitucional para que se pueda anular en el futuro la sentencia del 1-O». En el texto se aseguraba que el magistrado del TC, además de ex fiscal general del Estado con Zapatero, pretendía «amparar y absolver a las ocho personas que fueron condenadas en abril de 2015». Es decir, las del bloqueo del Parlament.

El mismo periódico monárquico señalaba las posibles consecuencias de un fallo así. Además de «la desautorización que supondría para la Sala Penal del Supremo» (la que preside Marchena), una sentencia revocatoria establecería «una nueva doctrina constitucional sobre el concepto de ‘violencia’». Se referían así a la citada «violencia ambiental». El “ABC” y quien filtró la información al diario apenas se escondieron: «Esta tesis (del TC) podría dejar sin efecto los argumentos que el Supremo pueda adoptar en su fallo contra Oriol Junqueras y los demás dirigentes catalanes».

La filtración obligó al propio Tribunal Constitucional a emitir una inédita nota defendiendo su labor y advirtiendo –a sus propios magistrados– de que las filtraciones «propician el enfrentamiento interno». Informaciones posteriores han añadido que el TC ha decidido posponer cualquier decisión sobre el bloqueo del Parlament para después de la sentencia sobre el 1-O. Todo en un contexto marcado por la inminente renovación del TC –en teoría es en diciembre, aunque es posible que las elecciones lo retrasen– y la obsesión que el Tribunal tiene con la unanimidad en cualquier materia que tenga que ver con Catalunya, después del espectáculo de la sentencia del Estatut.

A través de varias informaciones –“Ara”, Eldiario.es y “La Vanguardia”, entre otros–, hemos sabido que situar el foco sobre Conde Pumpido ha sido algo cuanto menos interesado, pues hasta la Fiscalía del TC se había pronunciado a favor de revocar la sentencia del bloqueo del Parlament. De ahí que, fuentes del llamado «sector progresista» del TC citadas por Eldiario.es interpretaran «la difusión de la ponencia (de Pumpido) como un intento del Supremo para presionar al Constitucional y que este no se atreva a discutir la futura sentencia del Procés».

Pero la razón por la que el TC se decantaba por revocar la sentencia del bloqueo del Parlament no es, precisamente, ningún tipo de inquina hacia o el TS. La razón se llama TEDH; y aquí entra en juego la sentencia de Estrasburgo sobre el caso de Atutxa, Knörr y Bilbao, que es aplicable al caso del 15M: la absolución en primera instancia se convierte en condena en manos del Supremo, sin volver a oír a los acusados e incorporando elementos que no formaron parte de la vista oral. Lo que Pumpido pretendía no era sino evitar otra sentencia del TEDH contra el Estado español.

Del culebrón se extraen dos conclusiones, a cada cual más preocupante. La primera es el secuestro del «normal» funcionamiento del sistema judicial por parte de una cúpula que utiliza a su antojo resortes de poder y filtraciones –el borrador de Pumpido solo lo tenían doce magistrados del TC–. En ningún manual de estado de Derecho se contempla la posibilidad de que todo un Tribunal Constitucional, máximo garante de los derechos constitucionales –ni siquiera forma parte del poder judicial, recuérdese–, posponga una decisión que los condenados por el bloqueo al Parlament esperan desde hace cinco años; y lo haga además para allanar el camino a una sentencia condenatoria del TS en el caso del 1-O. Ya escribió hace años Iñigo Iruin que quizá era preferible hablar de Derecho de Estado.

La segunda conclusión es, precisamente, la vía libre a Marchena en la sentencia contra los dirigentes independentistas catalanes. El juez se podrá autocitar como jurisprudencia y sacar a colación la «violencia ambiental» que necesitaría para aplicar los tipos penales de rebelión o sedición. El terreno ya está preparado para ello, después de una vista oral en la que, como recordaba el periodista de Vilaweb Josep Casulleras, no hemos parado de oír cosas como «clima coactivo», «atmósfera intimidatoria», «atmósfera de coacción» o «entorno tumultuario». Poco importará después que el TC tumbe la sentencia sobre el bloqueo al Parlament.