La Abogacía del Estado recurrirá la sentencia del expreso Atristain
Fuentes del Ministerio de Justicia español avanzaron ayer su intención de recurrir la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) contra la incomunicación (caso Atristain), atendiendo a las presiones de organismos como la AVT y pese a que el dictamen fue unánime, incluso por parte de la representación española. Intentarán así demorar sus efectos, como con la doctrina Parot, tras el fallo favorable a Inés del Río en 2013.

La Abogacía del Estado recurrirá la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) del pasado 18 de enero que condenó al Reino de España al considerar vulnerado el derecho a un proceso justo de Xabier Atristain. El fallo supuso un varapalo total a la incomunicación y a sus efectos jurídicos. Conllevó la excarcelación de Atristain y también la absolución posterior de Gorka Palacios en otro juicio en la Audiencia Nacional, al dar por sentado este tribunal que la única prueba existente había sido arrancada en la incomunicación y que Estrasburgo había establecido una nueva jurisprudencia al respecto.
Fuentes de Justicia avanzaron esta decisión después de que la titular del Ministerio, Pilar Llop, señalara en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros de ayer que la Abogacía del Estado seguía estudiando la posibilidad de dar ese paso y pidiera «sosiego».
La decisión es finalmente favorable a interponer un recurso, como solicitó la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT), que dice temer que la decisión del TEDH siente un precedente que provoque una excarcelación masiva.
Posibilidades y plazos
Se repite así lo ocurrido en 2013 con la doctrina Parot tras el fallo favorable a Inés del Río. Cabe recordar que entonces la Gran Sala mantuvo la decisión inicial y en consecuencia la doctrina tuvo que ser derogada por el Estado español.
No obstante, hubo quince meses de impasse entre ambas decisiones, lo que supuso que los cumplimientos de condena de decenas de presos vascos siguieran siendo alargados ilegalmente. Algunos llegaron a pasar más de seis años extra de cárcel de modo indebido.
En esta ocasión se suma la circunstancia de que la sentencia favorable a Xabier Atristain se ha producido sin un solo voto en contra, de modo unánime. Incluso por parte de la representante española en esa instancia, María Elósegui.
Cabe la opción de que este recurso no sea admitido siquiera a trámite por la Gran Sala, lo que podría cerrar el litigio en un plazo relativamente corto. Pero en caso de que se aceptara debatirlo y resolver sobre el fondo de la cuestión, los efectos del fallo relativo a Xabier Atristain (aún imprecisos) quedarían en un limbo al menos durante un año posiblemente.
El citado tribunal consideró que se vulneraron los derechos de Atristain en 2010 al no permitirle elegir un abogado para su defensa cuando estaba detenido en régimen de incomunicación y al limitarse tremendamente la capacidad de actuación del letrado de oficio impuesto. La sentencia fue muy contundente, como destacaba en una entrevista a GARA su abogado, Zigor Reizabal: «Aunque sea un caso concreto sobre el que se decide, el TEDH destaca que las restricciones no fueron individuales sino genéricas. Los hechos son los mismos que se analizaron en el Estado español en la Audiencia Nacional, el Supremo y el Constitucional. La diferencia radica en las gafas con que se miran: donde las gafas de España no vieron nada, las gafas del TEDH lo han visto todo, y en una sola vez».

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