El TJUE anula el acuerdo de pesca con Marruecos por obviar al Polisario
Los acuerdos de agricultura y pesca firmados por la UE y Marruecos sin el consentimiento del Sahara, pese a afectarle gravemente, han sido anulados definitivamente por el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE). Abre un periodo de doce meses para la aplicación de su sentencia, tiempo en el que debería buscarse una solución que implique al pueblo saharaui desterrado al Tinduf.

El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha anulado definitivamente los acuerdos comerciales de agricultura y pesca entre la UE y el Reino de Marruecos por considerar que ambos se celebraron sin el consentimiento del pueblo del Sahara Occidental.
El TJUE pone fin de esta manera al litigio sobre el acuerdo pesquero con Marruecos y su protocolo, al desestimar los recursos del Consejo y la Comisión, en línea con la sentencia del Tribunal General de la UE de 2021, así como con las conclusiones de la abogada general Tamara Cápeta.
La sentencia constata que el consentimiento saharaui no existe y considera al Frente Polisario como un interlocutor privilegiado en el marco del proceso y que cumple los requisitos para poder impugnar los citados acuerdos en interés de su pueblo.
NI CONSENTIMIENTO NI VENTAJA
No obstante, el TJUE precisa, al contrario de lo que declaró el Tribunal General, que el consentimiento del pueblo del Sahara Occidental a los acuerdos controvertidos no debía ser necesariamente explícito, es decir, que puede darse por hecho cuando no se crean obligaciones para ese pueblo y la explotación de sus recursos naturales le reporta algún tipo de ventaja.
Al respecto, el TJUE reconoce que estos acuerdos no crean obligaciones jurídicas que recaigan sobre el pueblo del Sahara Occidental, pero tampoco le confieren ningún derecho ni ventaja sobre la explotación de sus recursos, por lo que el consentimiento no puede presumirse. A esto le suma que el Frente Polisario, en calidad de representante legítimo de dicho pueblo, se opone a los acuerdos, lo que, a juicio del TJUE, basta también para cuestionar la existencia del consentimiento.
En base a los mismos principios, el Alto Tribunal se pronuncia también sobre una cuestión prejudicial francesa acerca de la problemática del origen de los melones y tomates del Sahara Occidental y dicta que su etiquetado debe indicar únicamente a Sahara como país de origen de esos productos, excluyendo cualquier referencia a Marruecos, para evitar inducir a error al consumidor sobre su verdadero origen.
ANTECEDENTES
El tribunal había estimado en primera instancia, en 2021, los recursos del Frente Polisario contra el acuerdo entre la Unión Europea (UE) y Marruecos, que mantuvo preferencias arancelarias comunitarias a los productos de origen marroquí, y contra su acuerdo de colaboración de pesca sostenible.
El Gobierno saharaui alegaba que los acuerdos fomentan la política de ocupación militar de Marruecos. El Frente Polisario invocó distintas violaciones de las obligaciones sobre derecho internacional. En concreto, consideró que la UE y Marruecos eran incompetentes para cerrar «acuerdos que afectan a un Territorio No Autónomo pendiente de descolonizar».
La Abogada General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (equiparable a la Fiscalía) también había pedido anular este acuerdo, criterio finalmente aceptado.
«FRUTO DE LA RESISTENCIA»
El Frente Polisario celebró como un «triunfo de la resistencia» esta sentencia, ya que considera que atiende a sus principales reivindicaciones: que cualquier pacto de este tipo requiere del consentimiento de la población saharaui y que se debe respetar el derecho de autodeterminación.
El representante del Polisario en el Estado español, Abdula Arabi, recalcó que el Sahara Occidental debe entenderse como «un territorio distinto» a Marruecos, de tal manera que Rabat no puede negociar en su nombre ningún acuerdo con terceros. Aceptar al Gobierno marroquí como representante de la población saharaui, según Arabi, implica «reconocer la ocupación».
Ahora, espera que los países europeos sean «consecuentes» y acaten la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Unión Africana frente a la Unión Europea
El intento de anular la autoridad que la República Árabe Socialista Democrática (RASD) tiene sobre el Sáhara Occidental es algo propio de Europa, que se siente más cómoda teniendo únicamente a Marruecos como interlocutor. En otros foros internacionales, la RASD sí que tiene presencia. Por ejemplo, dentro de la Unión Africana, la RASD funciona como un Estado independiente de Marruecos. La sentencia conocida ayer, en este sentido, no hace sino recordar que la ONU tampoco reconoce a Marruecos la soberanía sobre esta antigua colonia del Estado español, así como sus aguas
territoriales y sus correspondientes caladeros. La implicación de esta anulación del acuerdo es tan relevante, que el Alto Tribunal ha concedido un periodo de gracia de 12 meses para su acatamiento. GARA

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