Alberto PRADILLA MADRID
TRAS LA SENTENCIA DE ESTRASBURGO

El TS acata al TEDH y deja en manos de la AN la aplicación del fallo

El Tribunal Supremo español, el mismo que hace siete años puso en marcha la doctrina 197/2006, certificó ayer el fin del alargamiento artificial de las penas tras una reunión de la sala de lo penal que analizó el fallo de Estrasburgo. Los jueces, por un margen de doce a cuatro, dejaron en manos de la Audiencia Nacional la aplicación de la sentencia europea en el caso de los presos vascos. Las defensas instan a que se haga efectiva lo «antes posible».

El Tribunal Supremo español certificó ayer el fin de la denominada «doctrina Parot» siete años después de impulsar el alargamiento artificial de las penas. La sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que dio la razón a Inés del Río no dejaba lugar a la duda y, pese a los intentos del Gobierno español para alargar el procedimiento de aplicación, finalmente el Alto Tribunal asumió ayer todas las consecuencias del fallo europeo. También matizó que serán los tribunales sentenciadores (en el caso de los presos vascos, la Audiencia Nacional), los que deberán de aplicar la sentencia. Este acuerdo afecta a los 56 prisioneros cuyas defensas interpusieron recurso nada más conocerse la resolución de Estrasburgo. Once de ellos se encuentran ya en libertad. No obstante, sus letrados abogaron ayer porque los jueces españoles resuelvan «cuanto antes» las alegaciones para que todos puedan recuperar la libertad.

El pleno no jurisdiccional (es decir, que no analizaba casos concretos sino cuestiones generales) que celebró ayer el Tribunal Supremo se alargó por espacio de más de tres horas. Pasadas las 14.30 horas, los 16 magistrados que componen la sala terminaban sus deliberaciones. Finalmente, doce de ellos avalaron la propuesta del juez Miguel Colmenero, que planteaba que en los casos de sentencias condenatorias en ejecución dictadas con anterioridad al día 28 de febrero de 2006 (fecha de imposición de la «doctrina Parot»)», las redenciones «se harán efectivas» del modo en el que ya se hacía antes de que el propio Alto Tribunal aplicase el alargamiento artificial de las condenas. Esto quiere decir que la doctrina 197/2006 se invalida para todos aquellos condenados antes de 2006 mediante el código penal de 1973 (en el de 1995 desaparecieron las redenciones). Con esta acotación, los magistrados refuerzan la tesis que se ha impuesto en la magistratura española y que afirma que lo que Estrasburgo invalidó fue la «aplicación retroactiva» y no toda la doctrina.

Lo que los doce magistrados sí que descartaron es la teoría propuesta la semana pasada por la Fiscalía de la Audiencia Nacional, que abogaba por un nuevo recuento que aplicase las redenciones únicamente hasta 2006, para imponer el cumplimiento íntegro a partir de esa fecha. Así, los jueces dieron la razón a las defensas, que habían insistido, desde el momento en el que se hizo pública la sentencia de Estrasburgo, que esta no solo era aplicable a Inés del Río sino a todos los presos que se encuentran en su misma situación.

«Cuanto antes»

El Tribunal Supremo también dejó claro que serán los tribunales sentenciadores quienes apliquen «las resoluciones relativas a las acumulaciones y liquidaciones de condena». Eso sí, siempre en base al criterio fijado ayer y con posibilidad de recurso de las partes ante el propio Tribunal Supremo. De este modo, será la Audiencia Nacional española la que resuelva las alegaciones que todavía quedan pendientes. En este sentido, queda por ver qué ocurrirá con los 23 casos que están sobre la mesa del Tribunal Constitucional. A falta de que el tribunal especial se posicione, fuentes de la defensa insistieron ayer en que lo prioritario es que el fallo europeo se cumpla «cuanto antes» y se ponga en libertad a los presos que todavía no han sido excarcelados. Tal y como acordó la sala de lo penal de la Audiencia, los recursos se estudiarán cada viernes, en sesión extraordinaria, como la que decretó la libertad de nueve prisioneros la semana pasada.

Por último, y ante las tensiones generadas entre distintos sectores del Estado acerca de quién debía de hacer cumplir la sentencia del TEDH, el Supremo instó al «poder legislativo» a que «regule con la necesaria claridad y precisión» quién aplica los fallos de los magistrados europeos. No obstante, y tal y como era de esperar, lo que quedó claro es que la sentencia de Estrasburgo hizo que el TS diese carpetazo a la misma doctrina que siete años antes impulsó.

Ángeles Pedraza (AVT) plantea, incluso, disolver el Alto Tribunal

«Si el Tribunal Supremo no sirve para nada, que lo quiten y nos ahorraremos dinero los españoles», fue el mensaje lanzado por Ángeles Pedraza, la presidenta de la AVT, después de que el Alto Tribunal acatase el fallo del Estrasburgo que invalida la denominada «doctrina Parot». «Lo que están haciendo es jugar con todos los españoles, las víctimas del terrorismo y el Estado de Derecho. ¿Tienen una u otra postura dependiendo del momento político?», se preguntó la presidenta de la asociación que está encabezando el lobby ultra que insta al Gobierno español a desobedecer a los jueces europeos e incluso a abandonar los pactos de Derechos Humanos que le obligan a aplicar las sentencias del TEDH. Como viene siendo habitual, el PP no se desliga de estos colectivos. De hecho, ayer, su secretaria general, María Dolores de Cospedal, mantuvo la línea crítica con Estrasburgo durante su intervención en la Asamblea Política del PP europeo, en la que defendió la «conmoción» que a su juicio ha causado el fallo y abogó por una «política antiterrorista común». A.P.