La junta gestora deberá convocar elecciones
Tendrá un plazo de tres meses, en contra de la voluntad de los rectores que se postularon el martes.

Tal y como se venía barruntando en los últimos días, el Gobierno de Nafarroa aprobó en su sesión de ayer un cambio legislativo que permitirá a la asamblea de Osasuna de mañana designar una junta gestora temporal o solo al presidente de la misma, sin tener que recurrir al sorteo entre los socios. Eso sí, la gran novedad reside en que, al contrario de lo que deseaban los rectores que el martes se postularon para dirigir el club, que apostaban por dirigir la nave rojilla al menos una temporada entera, el nuevo órgano deberá convocar elecciones en el plazo de tres meses.
El cambio se llevó a cabo mediante un Decreto-Ley, una figura legislativa prevista en la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Fuero para casos de «extraordinaria y urgente necesidad». La norma entrará en vigor hoy mismo con su publicación en el Boletín Oficial, aunque tendrá carácter provisional hasta que sea ratificada por el Parlamento navarro.
Más concretamente, se ha modificado la Ley Foral 15/2001 en lo referido a los órganos de gobierno. El Gobierno de Nafarroa considera que, en el caso de Osasuna, dicha norma se ha revelado «insuficiente» para dar la cobertura adecuada a situaciones de vacío de poder, por lo que cree «necesario» complementarla. Al mismo tiempo, justifica el uso de una figura excepcional como el Decreto-Ley por la situación «crítica» del club rojillo, tanto en el terreno deportivo y económico como en el institucional, que «hacen que dicha regulación resulte inaplazable y deba ser abordada con la máxima urgencia si se pretende dar una oportunidad al mismo para su propia subsistencia y preservar, con ello, los intereses económicos de la Hacienda Foral de Navarra».
En rueda de prensa posterior a la sesión del Gobierno, el consejero Iñigo Alli destacó que este cambio puede permitir a Osasuna «garantizar su futuro», ya que «traslada el poder de decisión a los socios y no lo deja al azar de un sorteo». El propio consejero informó ayer del contenido del cambio a la dirección del club mediante una carta.
El Decreto-Ley da nueva redacción al apartado primero del artículo 37 de la Ley Foral 15/2001 del Deporte. Así, se indica que, en el caso de cese del presidente y convocatoria del correspondiente proceso electoral, «en tanto no se lleve a cabo la elección de un nuevo presidente, si los estatutos del club no disponen otra cosa, la Asamblea General, con ocasión de la primera reunión que celebre y sin necesidad de que figure expresamente en el orden del día de dicha reunión deberá nombrar una comisión gestora, bien designando directamente a todos sus miembros o bien designando únicamente a su Presidente, correspondiendo en este último caso a dicho Presidente la designación del resto de los miembros de la misma».
Añade, además, que «la comisión gestora nombrada realizará las funciones ordinarias de representación y administración del club deportivo y deberá llevar a cabo la convocatoria de elecciones correspondientes en el plazo máximo de tres meses desde su nombramiento». La nueva norma, que entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Nafarroa, previsto para hoy jueves, deroga evidentemente «cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la misma».

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