La banca deberá devolver lo cobrado por cláusulas suelo solo desde el 9 de mayo 2013
El Tribunal Supremo confirmó la nulidad de las cláusulas suelo por falta de transparencia, aunque matizó que el efecto restitutorio de las cantidades ya pagadas se producirá solo con efectos desde el 9 de mayo de 2013.

La Sala Primera del Tribunal Supremo, reunida en Pleno, reafirmó ayer la doctrina por la que se declaraba la nulidad de las denominadas cláusulas suelo por falta de transparencia, aunque matizó que la banca solo deberá devolver las cantidades cobradas de más por estas cláusulas declaradas abusivas a partir del 9 de mayo de 2013.
El Alto Tribunal reiteró sus argumentos tras analizar un recurso presentado por BBVA, una de las entidades afectadas, e informó que desestimó otro recurso de Cajasur que pretendía que se rectificara la doctrina de la propia Sala sobre nulidad de las cláusulas suelo por abusivas.
El 9 de mayo de 2013 el Tribunal Supremo declaró abusivas las cláusulas suelo de BBVA, NCG Banco y Cajas Rurales debido a su falta de transparencia. El Alto Tribunal hizo hincapié en que los consumidores deben ser informados de que cuando el tipo de interés baja a determinados niveles, el préstamo se transforma en préstamo a interés fijo variable solo al alza y no se beneficiarán de las bajadas del índice de referencia (en general el Euribor).
También deben ser informados «de forma clara y destacada», sin que las cláusulas puedan pasar inadvertidas al consumidor entre otras propias de un contrato tan complejo. Además, el Tribunal Supremo indicó que el consumidor debe ser informado de otros productos para que pueda realizar una comparación y pueda optar después de tener un información suficiente. Así, la sentencia obliga a las tres entidades afectadas a eliminar de sus contratos las cláusulas examinadas «en la forma y modo en que se utilizan» y les prohíbe usarlas en el futuro tal y como estaban contempladas en estos contratos.
Sentencia en la CAV
La última sentencia sobre la cláusula suelo en Euskal Herria fue emitida el 2 de febrero por el Juzgado de los Mercantil Nº1 de Donostia estimaba abusivas y nulas tres cláusulas del contrato de préstamo hipotecario que firmó una familia con el Banco Santander. Exactamente fueron las de «comisión por reclamación de posiciones deudoras», la de «imputación de pagos» y la de «vencimiento anticipado».
Según datos de la plataforma online Reclamador, más de 162.000 ciudadanos de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa podrían eliminar la cláusula suelo de sus hipotecas y ahorrarse una media de 180 euros al mes y 2.160 al año, lo que en su conjunto supondría un ahorro de más de 351 millones cada año.

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