
La Autoridad Vasca de la Competencia (AVC) había impuesto en 2013 sanciones de 89.000 y 45.000 euros a Arcaib Ingeniería y Arquitectura, S.L. y Aros Estudio de Arquitectura, S.A., respectivamente, por «prácticas contrarias a la competencia» en el concurso público de Pinosolo.
La primera sentencia reduce a 66.581,78 euros la sanción impuesta a Arcain frente a los 89.000 euros que había fijado la AVC, al apreciar, según ha explicado el TSJPV, «diferencias entre el volumen de negocio acreditado por la empresa y el tenido en cuenta por la AVC».
La segunda sentencia mantiene la multa impuesta a la empresa Aros, pero considera que la AVC carece de competencia para prohibir a Leioa Kirolak indemnizar, con ocasión de la resolución del contrato incorrectamente adjudicado a la empresa sancionada, los trabajos ya realizados.
En este sentido, la sentencia indica que queda en manos de Leioa Kirolak iniciar un procedimiento de revisión de la indemnización tras la confirmación judicial de la resolución dictada por la AVC. En un comunicado, ha afirmado que ambas sentencias son firmes y que, por tanto, no cabe recurso.
La Autoridad Vasca de la Competencia ha recordado que Arcain había sido contratada por el Ayuntamiento para realizar las labores de preparación de la adjudicación y participó en las comisiones de evaluación del concurso en el que Aros resultó adjudicataria.
La AVC consideró acreditado en su resolución que ambas empresas habían «intercambiado información fundamental» para la adjudicación del citado concurso, «falseando de este modo la competencia entre las empresas licitadoras en el mismo».

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