El TSJN declara «no ajustado a Derecho» el despido colectivo de Ribera Gourmet
El Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa ha estimado la demanda presentada por LAB y ha declarado «no ajustado a Derecho» el despido colectivo de Ribera Gourmet. Considera que la empresa no ha acreditado «la realidad de la causa» de los diez despidos ejecutados.
Como «no ajustado a Derecho» ha declarado el TSJN el despido colectivo de la empresa el sector agropecuario Ribera Gourmet, según ha anunciado el sindicato LAB, que había presentado una demanda al respecto que ha sido estimada por el citado tribunal.
La central recuerda en una nota que, el pasado mes de marzo, Ribera Gourmet, radicada en la comarca de Tutera y perteneciente al grupo La Línea Verde, presentó un expediente de regulación de empleo mediante el que pretendía despedir a 18 de los 50 trabajadores que componían la plantilla.
El ERE estaba «presuntamente motivado por la decisión unilateral de la empresa de dejar de arrendar una finca en Corella al considerarla no rentable, por ser ‘mala tierra’». Pero, «tal y como dicta ahora la sentencia de la sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, dicha decisión no es causa justificada para la extinción de contratos», señala el sindicato.
Además, el comité de empresa, formado por CCOO, ELA y LAB, «no fue informado previamente de ello, ni se buscó ninguna alternativa para mantener la producción y el empleo», explica.
«Manifiestas contradicciones»
Durante el periodo de consultas, que tuvo lugar entre el 12 de marzo y el 15 de abril, la parte social reprochó a la empresa esta situación. En dicha negociación, «se evidenciaron las manifiestas contradicciones que refleja la sentencia, como la utilización de personal de ETT y la realización de horas extraordinarias, o dudas razonables acerca de la relación de la empresa agropecuaria con el resto del grupo, la procedencia de la materia prima que debería sustituir a la de la finca abandonada o el precio de la misma en los intercambios dentro del entramado empresarial».
En la recta final del periodo de consultas, coincidiendo con las dos últimas reuniones, y «ante el empecinamiento patronal de sostener unos despidos, cuando menos, sospechosos», la asamblea de trabajadores acordó la realización de dos horas de paro y un día de huelga, reivindicando «una cantidad menor de amortizaciones de puestos de trabajo, recolocaciones, indemnizaciones más cuantiosas y, sobre todo, la voluntariedad de salidas que atenuaran o eliminaran las extinciones traumáticas». Sin embargo, el acuerdo no fue posible y, finalizado el trámite reglamentario, la empresa comunicó la extinción de diez contratos, el 20% de la plantilla, el 30 de abril.
Una vez finalizado el trámite reglamentario sin alcanzar un acuerdo, la empresa comunicó la extinción de los diez contratos. Entonces es cuando LAB interpuso la demanda y se personó en el juicio, celebrado el 16 de julio, solicitando la nulidad de los despidos y, subsidiariamente, su declaración como no ajustados a derecho.
No hay «causa justificativa»
En su sentencia, aunque el tribunal no admite la nulidad del proceso «al no haberse podido demostrar mala fe en la negociación ni vulneración de derechos fundamentales», sí declara los despidos como «no ajustados a derecho». Y basa su fallo en que «la empresa no ha cumplido con la obligación que le incumbe de acreditar la realidad de las causas que sirven de soporte a su decisión de cese».
Asimismo, la sala considera no probada la baja rentabilidad de la finca Alrosa de Corella y concluye que la «legítima decisión» de la empresa de dejar de arrendarla «no constituye una causa legalmente justificativa del despido colectivo».
En cuanto al perfil del personal afectado, LAB denuncia que «todas las personas despedidas son migrantes y/o racializadas, el 90% de origen magrebí, incluida la única mujer de esa procedencia en la plantilla».
El sindicato señala también que, «en el caso del personal tractorista, fueron despedidos únicamente trabajadores de dicho colectivo, pese a representar poco más del 60% del total en esa categoría».
Ante la sentencia, el sindicato insta a la empresa a «acatar y poner en práctica lo indicado por el TSJN» y reclama que «se delegue en las personas afectadas la elección entre readmisión o indemnización».
Además, exige «el reconocimiento del daño causado y su reparación en mayor medida de lo que la legalidad española establece, tal y como vienen defendiendo las directrices europeas», así como «la asunción de las responsabilidades y obligaciones derivadas de su posición y de la normativa vigente».
Y concluye señalando que, «con más fuerza que nunca, LAB seguirá luchando por la defensa del empleo y una producción agrícola local, lo más respetuosa posible con el medio ambiente y cimentada en unas condiciones laborales dignas y justas, que reconozcan todos los derechos a todas las personas. Porque no vale presumir de producto navarro y poner la mano... después de haber tirado la piedra y esconderla».