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El TS condena a dos años de inhabilitación para el cargo de fiscal general a Ángel García Ortiz

El Tribunal Supremo ha condenado este jueves a Álvaro García Ortiz por delito de «revelación de secretos» a dos años de inhabilitación para el cargo de fiscal general del Estado y a una multa de 7.200 euros, en relación con el presunto email filtrado sobre la pareja de Díaz Ayuso.

Declaración de Ángel García Ortiz en el Tribunal Supremo, el pasado 12 de noviembre. (TRIBUNAL SUPREMO)

El Tribunal Supremo ha condenado este jueves al fiscal general del Estado español, Álvaro García Ortiz, a dos años de inhabilitación y a una multa de 7.200 euros por un delito de revelación de datos reservados en relación con la filtracón a la prensa el correo electrónico enviado a la Fiscalía por parte del abogado de la pareja de Isabel Díaz Ayuso, Alberto González Amador, en el que este admitía un fraude fiscal y proponía un pacto al Ministerio Público.

Justo una semana después de que acabase el juicio –el primero que sentaba en el banquillo a un fiscal general del Estado–, el alto tribunal ha adelantado el veredicto de una sentencia que cuenta con el voto particular discrepante de dos de los siete magistrados.

La publicación anticipada del fallo, por tanto, deja en suspenso los argumentos concretos de la condena, ya que el Supremo aún no ha hecho pública la sentencia completa, que todavía no está redactada y cuyo contenido se conocerá en los próximos días. Por ahora se desconoce si el tribunal atribuye a García Ortiz la filtración del correo del abogado de González Amador, o si la condena se basa en la nota de prensa en la que se resumía aquel mensaje.

Lo único que se menciona en el adelanto de la sentencia es que  que García Ortiz será condenado únicamente por un delito de revelación de datos reservados, tipificado en el artículo 417.1 del Código Penal.

Como se cita anteriormente, el fallo no es unánime y tiene le voto en contra de las juezas Ana María Ferrer y Susana Polo, que disienten de la decisión de sus compañeros y pedían la absolución del fiscal, lo que ha hecho que sea el presidente de la Sala de lo Penal, Andrés Martínez Arrieta, quien asuma la ponencia de la sentencia.

Los cinco magistrados que han firmado la condena son el presidente de la Sala Penal, Andrés Martínez Arrieta; su antecesor, Manuel Marchena; y los jueces Antonio del Moral, Juan Ramón Berdugo y Carmen Lamena.

La resolución, según ha adelantado el Supremo, impone también a Álvaro García Ortiz el pago de una indemnización de 10.000 euros por daños morales a la pareja de la presidenta madrileña, y el abono de las cosas procesales del juicio. Se trata de una pena mucho más baja de la solicitada por las acusaciones, que solicitaban 6 años de cárcel, 12 de inhabilitación y un desembolso de más de 400.000 euros.

Le han absuelto, por tanto, del resto de los delitos imputados, incluidos los que algunas acusaciones populares atribuían como prevaricación o infidelidad en la custodia de documentos.

Falta de pruebas y la sombra de Miguel Ángel Rodríguez

El juicio quedó visto para sentencia el pasado 13 de noviembre tras seis sesiones en las que García Ortiz negó haber filtrado el documento o haber dado instrucciones para ello aquella noche del 13 de marzo de 2024, después de que ‘El Mundo’ publicara una información basada en la versión falsa que difundía el entorno de la presidenta madrileña sobre las negociaciones. Según ese relato, era la Fiscalía quien había ofrecido un acuerdo al empresario, y no al revés, como ocurrió.

«No, no lo he hecho llegar», afirmó el fiscal general en un juicio en el que la Abogacía del Estado también sostuvo que no existía «ningún indicio» que apuntara al fiscal general como responsable. Su defensa, además, insistió en que la Fiscalía no perjudicó a González Amador y que el objetivo de aquella noche era preparar un comunicado para desmontar las acusaciones que circulaban por parte del entorno de Díaz Ayuso, en concreto de Miguel Ángel Rodríguez.

Durante las seis jornadas declararon cerca de 40 testigos, entre ellos periodistas, fiscales, políticos y una docena de agentes de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil (UCO). Varios afirmaron que conocían la admisión de los delitos por parte de González Amador antes de que el fiscal general recibiera el correo investigado, lo que reforzaba la idea de que el fiscal general no era el responsable de la filtración.

Todos se acogieron, no obstante, al secreto profesional para no revelar sus fuentes. Sin embargo, detallaron que la información se circulaba en los grupos de whatsapp de diferentes redacciones antes de que García Ortiz recibiera el correo a las 22.00 de aquel 13 de marzo.

Miguel Ángel Rodríguez, tras ser cuestionado sobre cómo supo que la Fiscalía había filtrado a un medio el expediente, admitió en sede judicial haber difundido el bulo de que el Ministerio Público había «ofrecido negociar» un pacto a González Amador, según dijo por «deducción lógica» ya que se trata de un «órgano jerárquizado».

La mano derecha de Isabel Díaz Ayuso defendió que, aquella noche de marzo, difundiera entre decenas de periodistas la versión falsa de que la Fiscalía había frenado un posible pacto con González Amador por orden de su cúpula. Rodríguez reconoció en el juicio que no era cierta esa información, sino una interpretación que él hizo.

Los informes de la UCO

Esa narrativa, que la UCO terminó dando por buena durante la investigación, contribuyó a orientar inicialmente las pesquisas hacia el fiscal general y a reforzar la idea de que la filtración procedía de su entorno. De hecho, la unidad de la Guardia Civil se centró exclusivamente en García Ortiz sin explorar otras vías.

En el juicio, el teniente coronel Antonio Balas llegó a justificar esa focalización alegando que solo el fiscal general tenía «el dominio de toda la acción», pese a reconocer que no podían asegurar que él fuera el filtrador.

A ello se sumaron otros episodios que cuestionan la investigación del cuerpo, como la inclusión de conversaciones incompletas en sus informes, la presunción, sin contraste, de que la filtración debía partir de la Fiscalía General y la petición selectiva de analizar únicamente los dispositivos del fiscal general, dejando fuera los de otros cargos igualmente situados en el círculo de sospecha.

Incluso en los registros, la UCO volcó íntegramente meses de información más allá del rango autorizado, escudándose en razones técnicas que otros agentes matizaron. Su actuación, marcada por lagunas, deducciones unívocas y omisiones relevantes, reforzó la impresión de que la investigación avanzó con una hipótesis única, pocos indicios y un objetivo predeterminado.

Irregularidades

En este aspecto, la defensa sostuvo que García Ortiz no pudo defenderse en condiciones adecuadas porque el juez instructor, Ángel Hurtado –el mismo que que emitió un voto particular sosteniendo que el PP no se lucró de la trama Gürtel– actuó desde el principio con la idea preconcebida de que era culpable y se limitó a buscar pruebas incriminatorias.

En el jucio, Castro recordó que las principales evidencias contra el fiscal general procedían de los registros del 30 de octubre de 2024 en su despacho y en el de la jefa de la Fiscalía de Madrid, Pilar Rodríguez, entonces también investigada. De esas entradas, plagadas de irregularidades según la abogada, salieron las comunicaciones internas de la noche del 13 de marzo, cuando supuestamente se produjo la filtración, y el borrado del teléfono móvil del jefe del Ministerio Público.

El instructor consideró el borrado de mensajes del móvil de García Ortiz como uno de los indicios más relevantes. El fiscal general, sin embargo, alegó que elimina periódicamente su contenido  por razones de seguridad, dado el tipo de información que maneja. Su defensa añadió que los correos entre el 8 y el 14 de marzo, el periodo clave de los hechos, «ya estaban borrados a finales de abril» y recordó que García Ortiz supo de su futura imputación el 12 de octubre de 2024.

Por todo ello, la defensa solicitó la nulidad de varias decisiones del instructor: el secreto de las actuaciones, que consideraba inmotivado; las entradas y registros, que veía desproporcionadas; y las comisiones rogatorias enviadas a Meta y Google para acceder a los chats y correos electrónicos de García Ortiz.

En la misma línea, la teniente fiscal del TS, María Ángeles Sánchez Conde, cuestionó también aquellos registros, al sostener que vulneraron los derechos fundamentales de García Ortiz y que se basaron en una «ficción» construida por Hurtado «sin el más mínimo sustrato fáctico ni jurídico».

¿Y ahora qué?

La decisión del alto tribunal, ya firme, obligará a Álvaro García Ortiz a dejar la jefatura de la Fiscalía General del Estado, cargo al que accedió en julio de 2022. Sin embargo, ña condena surtirá efecto a partir de la notificación de la sentencia, no de la decisión adelantada este jueves, que por otro lado supone un procedimiento no habitual por parte de la judicatura.

García Ortiz aún podrá presentar un incidente de nulidad y, después, un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Estos recursos no suspenden automáticamente la condena, por lo que deberá cumplir la inhabilitación, la multa y la indemnización salvo que se le conceda una medida cautelar.

Tras la sentencia, el PP ha pedido este jueves la dimisión del presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez.

El Ejecutivo español, por su parte, ha señalado que respeta pero no comparte la condena al fiscal. al tiempo que ha anunciado que pondrá en marcha su relevo. El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, Óscar López, ha asegurado que prefiere «morderse la lengua» y ser prudente.

La portavoz del PNV en el Congreso, Maribel Vaquero, ha expresado su «perplejidad» por la condena del Tribunal Supremo al fiscal general del Estado, y ha lamentado la «judicialización de la política» porque «perjudica a todos».