GARA
IRUÑEA

El acuerdo del Metal vulnera la libertad sindical, según ELA

El sindicato ELA asegura que el Convenio del Metal navarro, firmado por la patronal con UGT y CCOO, vulnera el principio de libertad sindical, según se desprende de una sentencia del TSJN.

Jokin Arbea, responsable de Industria del sindicato ELA, Imanol Pascual, responsable territorial de Nafarroa, e Iñaki Bilbao, responsable de los servicios jurídicos, ofrecieron ayer una rueda de prensa en la sede de Iruñea para dar a conocer una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa (TSJN) sobre el convenio del Metal navarro, con fecha el 14 de setiembre, que ratifica el fallo del Juzgado de lo Social nº 2 de Iruñea.

Dicho fallo anula los artículos 25, 26 y la disposición adicional primera del convenio del Metal vigente. Para la central, se trata de una sentencia «muy grave», porque «acredita que UGT, CCOO y la patronal –ANEM y APMEN– han vulnerado la libertad sindical de ELA». Además, añadieron que esta sentencia acredita que los sindicatos UGT y CCOO «pretenden usurpar la representación de los trabajadores en las empresas donde no se hubiesen celebrado elecciones sindicales para negociar unilateralmente materias tan importantes como la modificación sustancial de las condiciones de trabajo, inaplicación del convenio o despido colectivo».

Los responsables de ELA creen que este fallo demuestra que la prioridad de UGT y CCOO «no es la negociación colectiva ni combatir la reforma laboral, sino aprovechar este convenio sectorial para conseguir funciones y competencias que ni la propia ley ni los trabajadores les otorgan». Es decir, «lograr el monopolio sindical ignorando la voluntad de los trabajadores con prácticas antidemocráticas», recalcaron desde el sindicato.

En concreto, los artículos anulados «permitían a UGT y CCOO firmar despidos o aceptar descuelgues salariales sin contar con los trabajadores afectados de empresas sin representación sindical», señalaron.

Koxka y Portland

Con esta sentencia, ELA quiso recordar otros casos en los que se vulneró la libertad sindical, como los de Koxka o Portland, algo que evidencia «una estrategia sindical donde el objetivo, siempre en connivencia de la patronal, es eliminar alternativas sindicales como las que representa ELA incluso recurriendo a la ilegalidad», recalcaron.

Por todo ello, la central exigió a UGT, CCOO y la patronal que «abandonen estas prácticas antidemocráticas consistentes en vulnerar la libertad sindical para arrogarse una legitimidad que ni la ley ni los trabajadores les otorga».

La sentencia del TSJN señala que se puede interponer recurso de casación ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo dentro de los diez días hábiles siguientes a su notificación, que fue el 18 de setiembre.