GARA
GASTEIZ

La Audiencia alavesa ve indicios de estafa en el caso Iruña-Veleia

La Audiencia Provincial de Araba considera que existen indicios suficientes para juzgar al exdirector del yacimiento arqueológico de Iruña-Veleia, Eliseo Gil, un socio y un trabajador suyos por presunta estafa y daños. Así se acuerda en un auto hecho público ayer por la sección segunda de este tribunal que ratifica lo establecido en mayo por el Juzgado de Instrucción número 1 de Gasteiz y ve indicios suficientes como para continuar la causa e ir a juicio.

La Audiencia Provincial de Araba ratifica la existencia de indicios suficientes para juzgar al exdirector del yacimiento arqueológico alavés de Iruña-Veleia, Eliseo Gil, un socio y un trabajador suyo por presunta estafa y daños.

El auto hecho público ayer por la sección segunda de este tribunal considera que, tal y como estableció el Juzgado de Instrucción número 1 de Gasteiz, existen indicios suficientes como para continuar la causa e ir a juicio contra los tres imputados por delitos continuados de daños y estafa, aunque sobre este segundo delito la Audiencia Provincial de Araba reconoce en parte el recurso interpuesto por Eliseo Gil.

Los indicios de estafa que se recogen en la resolución que dictó el pasado mayo el juzgado de instrucción con el que se finalizó toda la fase de investigación giran en torno a dos acciones y el auto concluye que solo se aprecia prueba de ese delito en uno de los casos.

El exdirector del yacimiento de Iruña-Veleia está acusado de haber falsificado grafitos considerados históricos. Los hallazgos que se cuestionan, localizados entre 2005 y 2006 bajo la gestión de la empresa Lurmen, de la que era administrador Gil, son unos grafitos escritos en cerámicas de los siglos III, IV y V que en su día se calificaron como históricos porque, entre otras cosas, adelantaban al siglo III la aparición del euskara y la entrada del Cristianismo.

El auto que cerró la instrucción estableció que «la falta de autenticidad de estos grafitos» está acreditada por dos informes periciales del Instituto de Patrimonio Cultural de España y de la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales.

También añadió que los acusados actuaron con el «ánimo de obtener no solo un beneficio económico, sino también un prestigio y reconocimiento profesional y que acordaron elaborar en 2005 informes falsos para demostrar la autenticidad de los grafitos».

Además, supuestamente, lograron que la Diputación alavesa pagase más de 12.500 euros por dos de ellos haciendo creer que habían sido redactados por unos laboratorios franceses. Ahora la Audiencia Provincial de Araba analiza por separado los indicios recogidos sobre la presunta estafa. Por una parte, los vinculados al cobro de los informes a la Diputación en la que estaría implicado Lurmen, cuyo representante era Gil, y otro de los acusados; y los relacionados con la muestra al público de esos hallazgos para «lograr un cierto prestigio profesional y obtener beneficios económicos».

Respecto a los informes, el tribunal estima que hay suficientes indicios de una presunta estafa aunque considera que no sería aplicable el tipo agravado de este delito porque la cuantía no es superior a 36.000 euros. Sin embargo, no ve prueba suficiente para ampliar el delito de estafa al acto de mostrar al público la piezas, ya que faltan indicios sobre un posible lucro.

El Tribunal también corrobora la continuación de la causa respecto a los presuntos daños cometidos sobre los objetos del yacimiento y también que los tres investigados presuntamente intervinieron en estos hechos. Añade que deberán ser las partes acusadoras –Ministerio Fiscal y Diputación de Araba– las que ahora delimiten en sus escritos la concreta intervención de cada acusado en los hechos.

Durante estos años Eliseo Gil y la plataforma Sos Iruña-Veleia han defendido la autenticidad de los hallazgos. Gil, por medio de su recurso, había solicitado la suspensión de la fase de investigación argumentando errores tanto en las diligencias de la Policía como en la cadena de custodia. Este auto es firme y no cabe recurso contra él.