Bitor Lizarribar
Presidente de Euskaldendak
KOLABORAZIOA

La precariedad del trabajo autónomo

A pesar de que el éxito del estado de bienestar se trate de un axioma irrenunciable en nuestra sociedad, algunas propuestas políticas imponen fuertes trabas a este fenómeno suavizando con eufemismos la dureza de sus propuestas reductoras. La «movilidad exterior» que preconizaba la ministra Bañez en 2013 o la idea de que «los autónomos son la palanca para salir de la crisis» son dos ejemplos destacables a la hora de asumir esta tesis. Tras verificar que la ciudadanía rechaza ejercer como autónomo, dotar a ese régimen con una carga de positividad se hacía necesario para la ministra de Empleo.

Visto esto, no es casualidad que distintas administraciones y patronales lleven unos años hablando del emprendizaje como un oasis de crecimiento. No se trata de una idea tan nueva. Ya en un primer momento se definió el concepto de entrepreneur como el individuo que asume riesgos en condiciones de incertidumbre. Sin embargo, esta dosis de incertidumbre desaparece si analizamos la corriente informativa: el riesgo y sus consecuencias debiera ser un elemento sustancial a tener en cuenta y sin embargo el mismo se obvia de manera continuada.

En relación a esto, pese a que la Constitución recoge en su art. 43 «el derecho a la protección de la salud», este encuentra límites en el caso de la persona emprendedora englobada en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Ese chiste de que los autónomos no enferman engloba una tragedia, si tenemos en cuenta que debe seguir pagando la cuota de autónomo a pesar de su enfermedad y de no producir ingreso alguno. En consecuencia, difícilmente se cumplirán los tratamientos médicos que requieran una incapacidad ya que no puede mantenerse una persona y su negocio con menos de 400 euros al mes.

Esa precariedad en la protección de la salud deviene en exclusión si analizamos la casuística habitual que se ha venido dando estos años en el Régimen de Autónomos. Así, mientras el sector comercio en Euskadi demuestra una pérdida neta de empleo asalariado de 391 personas entre enero de 2009 y septiembre de 2017, en idéntico periodo se perdieron 3.543 afiliaciones de autónomos en el sector. Aparte del hecho de que esa situación supone el cierre de al menos tantos establecimientos sin que exista una respuesta desde el Gobierno Vasco, es importante analizar sus diferentes situaciones personales ya que esos 3.543 autónomos no pueden acceder a una prestación por desempleo y menos de la mitad de las solicitudes vinculadas al seguro de desempleo voluntario mutualizado son aceptadas.

Pero ¿qué ocurre si un autónomo llega a esa circunstancia que legitima el cobro de ese seguro de desempleo, normalmente por pérdidas? Pues que esas pérdidas le persiguen en lo personal con el consiguiente riesgo de insolvencia permanente o pérdida del patrimonio a pesar de poder acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad.

En España existen casi 2 millones de cotizantes cuya casuística, en caso de fracaso en su negocio, suponen el riesgo de no contar con medidas de apoyo personal que eviten su exclusión económica. Llegando al caso de autónomos que no han podido hacer frente a sus propias cotizaciones sociales y/o de sus trabajadores, por necesidad de continuar su actividad y tener que responder con su patrimonio personal hasta que este se acaba sin tener posibilidad siquiera de jubilarse por las mencionadas deudas con la Seguridad Social.

Es un círculo vicioso, sin ingresos pese a cumplir condiciones de jubilación en el que esta persona se ve incapaz de incluir sus deudas a la Seguridad Social en un acuerdo con acreedores que prevé la Ley de Segunda Oportunidad. Ahora, miles de autónomos con años de cotización no acceden a una jubilación que precisamente podría ayudar a compensar sus deudas incluidas la Seguridad Social, además de dotarles de ingresos para su supervivencia.