GARA
BILBO

El TSJPV avala la ordenanza sobre pisos turísticos en el Botxo

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha desestimado el recurso interpuesto por la Comisión Nacional de Mercados y de Competencia (CNMC) contra la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Bilbo relativa a la regulación de las viviendas de uso turístico. La sentencia aún puede ante el Supremo.

La CNMC alegaba que la normativa municipal «crea una barrera de entrada al mercado del alojamiento turístico que, en muchos casos, es insalvable» debido a las limitaciones que establece. Entre esas limitaciones, se encuentra la restricción de ubicarse únicamente en las primeras plantas de los edificios residenciales, salvo que tengan acceso independiente a la calle, o la exigencia de autorización y registro.

Pero el TSJPV considera que «la calificación de uso equipamental es conforme a derecho y la ordenación limitativa resulta necesaria por una razón imperiosa de interés general, cual es la preservación del derecho a la vivienda (...) y la protección del entorno urbano».

La resolución judicial señala que el uso de inmuebles como pisos turísticos resulta «completamente ajeno al uso residencial», y considera que «el planificador se halla legitimado e incluso obligado a promover» esta ordenación urbanística.