Martxelo DÍAZ
DONOSTIA
JUICIO POR EL SUMARIO 13/13 EN LA AUDIENCIA NACIONAL ESPAÑOLA

Peritas confirman la veracidad de las torturas a Zuriarrain y Agirre

Los testimonios de las torturas denunciadas por Naia Zuriarrain y Saioa Agirre tienen «la máxima consistencia y credibilidad», según señalaron ayer dos peritas que declararon en el juicio por el sumario 13/13 en la Audiencia Nacional española. Ambas se sometieron al Protocolo de Estambul y presentaban estrés postraumático.

Saioa Agirre y Naia Zuriarrain se sometieron a una versión mejorada del Protocolo de Estambul para analizar aspectos sicológicos y que fue validada internacionalmente. En ambos casos, el relato de las torturas que denunciaron durante la incomunicación de su detención tiene consistencia y es creíble, según declararon ayer en la Audiencia Nacional española dos peritas que elaboraron sendos informes a petición de las defensas.

Según manifestaron, en el caso de Saioa Agirre, esta no acudió a una consulta para someterse al Protocolo de Estambul, sino para tratarse de una sintomatología de estrés postraumático y una depresión moderada. Según explicó la sicóloga que le trató, en ese momento, en 2011, no estaba preparada para trabajar el trauma, porque volver a recordar la situación que se lo provocó le resultaba muy duro. Pese a que clínicamente era recomendable acometer el trauma que generó el estrés, debido a la situación de Agirre se limitaron a tratar la sintomatología.

En el caso de Naia Zuriarrain, se grabó en audio y en vídeo su testimonio. La sicóloga que le atendió explicó que acudió a la consulta en el marco de una investigación sobre 202 casos de denuncias de tortura que realizó el Gobierno de Lakua. Fueron quienes impulsaron esta investigación quienes enviaron a Zuriarrain a la consulta. Al igual que en el caso de Agirre, no acudió por su voluntad a someterse al Protocolo de Estambul.

«Existe concordancia»

En ambos casos, las dos peritas subrayaron que «existe concordancia entre las consecuencias sicológicas y la descripción de la tortura» realizada, así como que el relato que las dos acusadas realizaron tiene «máxima consistencia». Es decir, tienen credibilidad en base a unos criterios objetivos insertos en una metodología estandarizada y reconocida internacionalmente.

Los testimonios de torturas de Agirre y Zuriarrain marcaron el inicio del juicio en julio, cuando relataron el trato al que fueron sometidas durante la incomunicación de su detención. La denuncia de las torturas ha sido una de las irregularidades que las defensas han puesto en este procedimiento. Además de los relatos que ayer fueron reforzados por la declaración de las peritos, existe un documento interno de la Guardia Civil que establece que a los abogados detenidos en este operativo había que darles «un trato exquisito» que no pareció extenderse al resto de arrestados.

En la sesión de ayer, además, declararon varios agentes de la Guardia Civil como peritos, que, a preguntas de la defensa, señalaron que las pruebas de huellas dactilares y ADN realizadas a varios objetos incautados en los registros de los despachos de abogados no aportaron identificación alguna.

El 29 de octubre, ¿con el CNI?

Tras la vista de ayer, el juicio volverá a sufrir una nueva interrupción y no se retomará hasta el 29 de octubre. Para entonces, la sala que preside Ángela Murillo tendrá que resolver sobre la demanda de las defensas en relación a otra de las claves del juicio, la participación de agentes del CNI, sin control judicial, en la investigación que dio origen al sumario 13/13.

Para las defensas, la comparecencia de estos testigos es fundamental, pero el tribunal no ha podido citarles, ya que desde la agencia de inteligencia española no se ha determinado la identidad de los mismos. Ante esta situación, las defensas presentaron la pasada semana un recurso de súplica ante la sala, que deberá resolver antes del 29 de octubre para saber si los agentes del CNI comparecen como testigos o no. Las defensas llegaron a solicitar que se suspendiera el juicio hasta que no se aclarase este punto, a lo que la sala que preside Ángela Murillo se negó y procedió a celebrar las sesiones de la pasada semana y la de ayer.

Tanto el fiscal José Perals como las dos acusaciones particulares presentes en la causa en nombre de la AVT y Dignidad y Justicia se opusieron a que compareciesen los agentes del CNI.

En cualquier caso, la participación, sin control judicial, del CNI en el comienzo de la investigación que dio origen al sumario 13/13 ha quedado ya acreditada en la vista con las declaraciones de agentes de la Guardia Civil, que reconocieron que miembros de la agencia de inteligencia les aportaron transcripciones de intervenciones de conversaciones telefónicas de las que no consta permiso judicial. Con esas transcripciones se elaboró el informe denominado “Halboka”, que se entregó en la Audiencia Nacional.

Posteriormente, el juez del tribunal especial, basándose en este informe, ordenó las detenciones y registros de domicilios y despachos de abogados y construyó el sumario 13/13.

El procedimiento de colaboración de la Guardia Civil con el CNI era el siguiente, según expusieron en la vista oral. Los agentes de la Guardia Civil pedían a la agencia de inteligencia información sobre personas a las que investigaban. «Si la tienen, nos la dan. Y si no, no», declaró uno de estos agentes de las dependencias de la Audiencia Nacional española en San Fernando de Henares.

La Guardia Civil no tenía, según este testimonio, acceso directo a las intervenciones telefónicas, sino que era el CNI quien facilitaba las transcripciones tras la demanda del instituto armado. «Me dan lo que yo les pido», explicó en el juicio uno de estos agentes de la Guardia Civil, que declaró tanto como testigo como perito en dos sesiones diferentes.

Protocolo de Estambul, una guía para confirmar la tortura

Se conoce como Protocolo de Estambul, pero su nombre oficial es Manual de Investigación y Documentación Efectiva sobre Tortura, Castigos y Tratamientos Crueles. Se trata del primer conjunto de normas internacionales para documentar la tortura y sus consecuencias. Fue adoptado por la Oficina del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos en 2000. Su propósito es servir como guía internacional para la evaluación de las personas que han denunciado haber sido torturadas, con el objetivo de poder verificar estos testimonios.

El protocolo contiene estándares y procedimientos aceptados internacionalmente sobre cómo reconocer y documentar síntomas de tortura. La Asamblea General y la Comisión de Derechos Humanos de la ONU han subrayado la importancia de que los estados apliquen el Protocolo de Estambul como una herramienta útil para combatir la tortura.

En Euskal Herria, la aplicación del Protocolo de Estambul ha dado veracidad a decenas de denuncias por tortura, aunque la Audiencia Nacional española ha sido remisa a aceptarlo cuando se ha cuestionado el trato recibido en detenciones. En el caso de Iñigo Zapirain, Saioa Sánchez y Beatriz Etxeberria, por ejemplo, la AN llegó a manifestar que el estrés postraumático confirmado «podía deberse a múltiples causas». Todo ello, incluso después de que el Tribunal de Estrasburgo condenase al Estado español por no investigar la denuncia de torturas de Etxeberria. GARA