GARA
BrUSELAS

El TUE dictamina iguales vacaciones y extras para los contratados vía ETT

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictamina que los empleados contratados a través de una empresa de trabajo temporal (ETT) deben tener «por lo menos» la misma compensación en días de vacaciones anuales retribuidos y de la paga extraordinaria de vacaciones que si ocuparan ese puesto en la empresa.

En la sentencia dada a conocer ayer, el Alto Tribunal europeo declara que la compensación que «un empresario está obligado a abonar» en compensación por la extinción de su relación laboral en días de vacaciones no disfrutados y paga extraordinaria de vacaciones se incluye en el concepto de «condiciones esenciales de trabajo y de empleo» de la Directiva europea.

El caso se refiere a una demanda interpuesta en 2017 por dos trabajadores de la empresa de trabajo temporal portuguesa, Luso Temp, para obtener el pago de los importes no abonados de días de vacaciones retribuidas y de paga extraordinaria de vacaciones, ya que la empresa de trabajo temporal consideraba que el método de cálculo a aplicarse es el régimen portugués de trabajadores cedidos por empresas de trabajo temporal.

El Tribunal de Primera Instancia de Braga consultó al Alto Tribunal europeo sobre la compatibilidad de la norma portuguesa con la Directiva europea relativa al trabajo a través de empresas de trabajo temporal, ya que el Gobierno portugués sostiene que el régimen especial no define las reglas de cálculo de días de vacaciones de los trabajadores cedidos por empresas de trabajo temporal por lo que es «necesario recurrir a la aplicación del régimen general», que se aplica con independencia del vínculo contractual.

El Alto Tribunal europeo considera que la Directiva europea se opone a la normativa estatal portuguesa en lo que se refiere a la compensación a los trabajadores «cedidos por empresas de trabajo temporal» y estima que la compensación es inferior a la que esos trabajadores tendrían derecho si hubiesen sido contratados directamente por la empresa.