La Fiscalía del TC se posiciona contra el sinsentido de otro «juicio Bateragune»
La Fiscalía del Tribunal Constitucional español rechaza un nuevo juicio del «caso Bateragune» tras la anulación europea de la condena, como pretende el Supremo. Según adelantaba ayer «El Mundo», hacerlo constituiría un «perjuicio evidente» para los afectados. Todo ello, trece años después de la redada y con la condena cumplida.

La intención del Tribunal Supremo español de volver a juzgar a Arnaldo Otegi y a sus compañeros por el «caso Bateragune», una evidente pataleta tras la anulación europea de la condena, está pendiente de la decisión del Tribunal Constitucional, al que recurrió la defensa. Ayer se conoció que la Fiscalía se alinea con este recurso y comparte la anulación de la repetición del juicio, indicando que «el segundo enjuiciamiento no supone ninguna ventaja y sí un perjuicio evidente e inmediato» para estos cinco militantes políticos.
Según avanzó “El Mundo”, en este informe fiscal se subraya que otra vista oral acarrearía «una carga para los reos» y solo serviría en el fondo para que «el Estado, en un segundo proceso, pueda borrar o limpiar la mala práctica anterior».
JUICIO INJUSTO
Cabe recordar que Arnaldo Otegi, Rafa Díez, Sonia Jacinto, Miren Zabaleta y Arkaitz Rodríguez ya cumplieron entre seis y seis años y medio de cárcel por aquella condena, que venía a «argumentar» que actuaron a las órdenes de ETA cuando emprendieron el debate estratégico en la izquierda abertzale que acarreó el cambio de ciclo. La redada se llevó a cabo en otoño de 2009 y fueron condenados por la Audiencia Nacional en 2011.
Sin embargo, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos indicó a finales de 2018 que el juicio había sido injusto, por lo que el tema parecía zanjado, aunque fuera después de haber cumplido las condenas. En concreto, Estrasburgo falló que se había vulnerado el artículo 6.1 del Convenio Europeo, donde se establece que «toda persona tiene derecho a que su causa sea oída equitativa, públicamente y dentro de un plazo razonable, por un tribunal independiente e imparcial», y señaló que, en estos casos, «la forma más adecuada de reparación» sería «un nuevo juicio o la reapertura del caso», pero siempre a petición de la persona interesada».
Sin embargo, en un giro surrealista el Tribunal Supremo decretó que el asunto debería ser juzgado de nuevo, algo que solo podría haber ocurrido a petición de los propios condenados, lo que no pasó.
Así las cosas, la defensa representada por Iñigo Iruin apeló al Tribunal Constitucional, con cuatro argumentos principales. Uno de ellos era que «no existe norma en la legalidad española para un nuevo juicio». «Y no lo digo yo, lo dijo el Tribunal Supremo -indicaba el abogado- en una sentencia de 2017 que está firmada por Manuel Marchena» (justo el presidente de la Sala Segunda que ha propiciado esta repetición). Otro argumento es que «la celebración de un nuevo juicio vulnera el principio jurídico del non bis in idem [no juzgar dos veces a alguien por un mismo tema]».
En octubre de 2021, el TC admitió a trámite este recurso, con lo que abrió un debate que no tiene plazo de resolución. La posición hecha pública ahora por la Fiscalía refuerza la opción de que el tema sea sellado definitivamente. Aunque no será de modo justo, porque no cabe olvidar en todo este laberinto que los cinco purgaron más de 30 años de cárcel en total en un juicio aceptado como injusto por Estrasburgo.

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