Un juzgado anula cláusulas abusivas de una hipoteca firmada en 1992
Un juzgado de Bilbo ha anulado las cláusulas abusivas de una hipoteca firmada en 1992 y cancelada en 1997, al entender que hubo mala fe de la entidad financiera, a la que obliga a reembolsar al cliente 1.400 euros en concepto de importes abonados injustificadamente.
El Juzgado ha estimado la demanda contra Kutxabank y declarado la nulidad de la cláusula que imponía el pago de los gastos de formalización y constitución del préstamo hipotecario. Asimismo, condena a la entidad a abonar el 50% de los gastos notariales y el 100% de los de registro, gestoría y tasación, con intereses, todo ello después de que el banco reconociera, las pretensiones de los demandantes. El juzgado puntualiza que este hecho no elimina «la mala fe» de la entidad financiera.
El contrato de préstamo, formalizado en Bilbo en 1992 con BBK, incluía una cláusula que imponía a la clienta todos los gastos de formalización de la hipoteca que, en su momento, tuvo que abonar para poder acceder al préstamo.
Pero en 2020 el Tribunal Supremo dictaminó que la imposición a los consumidores de la totalidad de los gastos de formalización de las hipotecas podía resultar abusiva, razón por la que decidió reclamar.

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