Amnistiados 35 cargos del Govern de Puigdemont en relación al 1-O
La Audiencia de Barcelona ha amnistiado a 35 personas procesadas por participar en la organización del referéndum del 1 de octubre de 2017. Ha aplicado la amnistía en su totalidad, incluyendo el delito de malversación, que el TS español se niega a condonar.

La Audiencia de Barcelona ha amnistiado a 35 empresarios y ex altos cargos del Govern de Carles Puigdemont procesados por los preparativos del referéndum del 1-O, así como al exconseller de Exteriores Raül Romeva en la causa judicial abierta contra él por la promoción del procés en el exterior.
En un auto, al que ha tenido acceso Efe, la sección 21ª acuerda aplicar la amnistía a todos los delitos que se les atribuían, incluido el de malversación que el Tribunal Supremo descartó condonar, y revoca la resolución de la jueza instructora que los dejó a un paso de juicio por su papel en la organización del refrendo. La sala solo deja al margen de la amnistía dos contratos administrativos de limpieza y auditoría encargados por el Diplocat. Considera que los exsecretarios generales de la institución Roser Clavell y Albert Royo fraccionaron para adjudicarlos a dedo, por lo que los envía a juicio por un delito de prevaricación por esos hechos.
Entre las personas amnistiadas figuran los exdirectores de la CCMA, TV3 y Catalunya Ràdio, Núria Llorach, Vicenç Sanchis y Saül Gordillo, respectivamente; el que fuera director de la delegación del Govern ante la UE Amadeu Altafaj, o la exinterventora de la Generalitat Rosa Vidal.
Algunos de los excargos habían sido procesados por malversación, falsedad documental o revelación de secretos, que acarrean penas de prisión, mientras otros lo fueron únicamente por desobediencia.
NO VE ÁNIMO DE ENRIQUECIMIENTO
Según la Audiencia, ninguna de las conductas que encajan en esos delitos están excluidas en la ley, por lo que procede su «plena aplicabilidad» incluso en el delito de malversación, que el TS descartó amnistiar al entender que los políticos catalanes buscaron un supuesto beneficio personal de carácter patrimonial.
Por su parte, el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya mantiene suspendida la aplicación de la amnistía al delito de malversación por el que fueron procesados los excargos de ERC Josep Maria Jové y Lluís Salvadó por los fondos destinados al 1-O, al concluir que podría vulnerar la normativa europea sobre gestión de caudales públicos.
La Audiencia, por contra, ve también amnistiable ese delito en el caso de los excargos de Carles Puigdemont porque, «aun concurriendo la voluntad malversadora», actuaron «en cumplimiento del mandato diseñado por los miembros del Govern, en el que ellos participaban desde diferentes ámbitos de responsabilidad».
«Las conductas que se les atribuyen en su mayor parte conforman el desvío de fondos públicos mediante la concreta ejecución de mecanismos desarrollados y puestos en marcha para el cometido para el que fueron asignados. Su materialización tuvo lugar a través de muy diferentes y concretas actuaciones, por lo que, en el plano en el que estas conductas se desarrollaron, no puede hablarse de un propósito de enriquecimiento», remarca la resolución judicial.
De hecho, la Audiencia pone de relieve que cuando en julio de 2024 el Supremo denegó la amnistía a los líderes del procés por malversación ya dejó abierta la posibilidad de que ese delito fuese amnistiado «en otras situaciones distintas».
Respecto al argumento de que el procés habría afectado a las finanzas de la Unión Europea de haberse proclamado la independencia de Catalunya, la Audiencia de Barcelona evita moverse «en el terreno de las conjeturas» y amnistía la malversación ante la falta de indicios de que se pretendiera causar un perjuicio a las arcas comunitarias.

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