¿Dos denominaciones diferentes pueden «inducir a error»?
El Tribunal Supremo español ha rechazado el recurso de casación interpuesto por ABRA, dando un portazo a la denominación de origen Arabako Mahastiak-Viñedos de Álava. Los tribunales sostienen que puede «inducir a error» con los vinos de la DOCa Rioja. ¿Es posible que el consumidor confunda dos etiquetas diferentes, con nombres diferentes, de denominaciones de origen diferentes?

El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado el recurso de casación interpuesto la Asociación de Bodegas de Rioja Alavesa (ABRA) contra la sentencia dictada el pasado mes de noviembre por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV). Un fallo de 16 páginas, emitido en respuesta a la apelación presentada por el Consejo Regulador de la DOCa Rioja, en el que se asevera que la nueva denominación Arabako Mahastiak-Viñedos de Álava podría «inducir a error al consumidor sobre la identidad del vino ya que Rioja Alavesa es una marca registrada por el Consejo Regulador en el año 2000, poseyendo notoriedad».
Año y medio antes, en abril de 2023, el TSJPV ya había puesto sobre la mesa el «elevado riesgo de confusión que se causaría al consumidor» ya que, a su parecer, «se ofrecerían dos vinos bajo denominaciones de origen protegidas diferentes, pero en los que son coincidentes la zona geográfica, incluso de parcelas colindantes, las características de vino, sistemas de conducción, densidad de plantación y prácticas enológicas».
En el fallo del TS se vuelve a incidir en la idea, aseverando que, en su recurso, ABRA no justifica «de forma suficiente» la «infracción imputada» al dictamen del TSJPV, reiterando que «no se acredita el uso y notoriedad del nombre en relación a la comercialización del producto, no se justifica que Arabako Mahastiak-Viñedos de Álava tenga una existencia distinta a la de los vinos de Rioja Alavesa y que puede inducir a error».
Así, tras repasar los pronunciamientos judiciales, cabe preguntarse cómo es posible que dos botellas, de bodegas diferentes, con marcas diferentes y amparadas por dos denominaciones de origen claramente diferenciadas en la nomenclatura, puedan suscitar error alguno. ¿Es posible que una persona que acude a una vinoteca buscando un vino de Rioja compre por error una botella en la que pone Arabako Mahastiak?
Hay quien se ha empeñado defender que solo puede existir una denominación al norte y al sur del Ebro, que no es posible buscar una vía al margen de la DOCa Rioja. Pero eso no es cierto. De hecho existen vinos producidos bajo el amparo de otra denominación en La Rioja: la D.O. Cava. Las bodegas vinculadas operan con normalidad, sin que su trabajo se haya convertido en objeto de debate político e institucional.
El caso de ABRA ha sido muy diferente. Llevan años censurando el proceder del Consejo Regulador de la DOCa Rioja, criticando el impulso del vino de mesa y abogando por reducir un 10% el viñedo en zonas «sin vocación vitícola», siguiendo el modelo francés, para restituir el equilibrio entre oferta y demanda. La ausencia de una respuesta apropiada a sus demandas hizo que algunas bodegas optasen por la diferenciación, creando una nueva denominación. Su apuesta se topó con el rechazo del Consejo, de las instituciones españolas y riojanas, así como de los grandes partidos estatales: PSOE y PP. Y con la ambigüedad del PNV, de la Diputación de Araba y de Lakua, que optó por no recurrir el fallo del TSPV. En una entrevista concedida a GARA, Emilio Aguillo, presidente del Consejo Regulador de Viñedos de Álava-Arabako Mahastiak, denunció que «el Gobierno Vasco acepta o adopta el criterio del Consejo Regulador Rioja».
El Supremo ha cerrado la vía judicial, aunque cabría la posibilidad de presentar un recurso de amparo ante el Constitucional. No obstante, todavía existe un camino por recorrer en la diferenciación de los caldos de Rioja Alavesa, y ABRA dio un paso decidido con la presentación el pasado otoño de la marca A.

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