Joseba SALBADOR

El juez ordena ahora a Eroski entregar a BBVA el importe de las AFS

El juez Marcos Bermúdez ha dado un vuelco a la sentencia del mes pasado por la que absolvía a Eroski de cualquier responsabilidad en la venta de aportaciones financieras subordinadas (AFS) a 68 afectados y condenaba al BBVA a devolver las cantidades invertidas. En un nuevo auto, que lo presenta como una simple «aclaración», ordena a la cooperativa a que entregue a BBVA el importe de esas aportaciones y le recomienda que, «en su caso», reclame daños y perjuicios al BBVA.

En un auto «aclaratorio» que, sin embargo, enmaraña considerablemente la resolución del contencioso, el titular del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbo, Marcos Bermúdez, establece que Eroski deberá asumir parte de los «efectos» de la anulación de los contratos de las subordinadas que emitió, por lo que deberá devolver al BBVA el dinero que la entidad financiera tiene que reintegrar a 68 titulares de Aportaciones Financieras Subordinadas de la cooperativa, salvo intereses y comisiones.

La resolución judicial conocida ayer tiene su origen en la petición de aclaración del fallo efectuada por el BBVA al juez, que la denegó la pasada semana en otro auto en el que reprochaba al BBVA que se quejase de «falta de claridad y precisión en la sentencia».

La entidad financiera volvió a solicitar una aclaración puesto que, al anularse en la sentencia la comercialización, ordenaba la restitución de las cantidades invertidas, pero no había pronunciamiento sobre el destino de dichas aportaciones, y reclamó que le fueran restituidas por parte de Eroski.

En el auto publicado ayer, el juez explica que en su sentencia del 27 de enero resolvió que los contratos de compra de las aportaciones quedaban anulados, y ello conllevaba la devolución a los clientes minoristas de los importes que habían entregado al banco.

Además, dispone que, de ser firme esa sentencia, Eroski debería «soportar los efectos reflejos o indirectos de la nulidad del contrato de comisión declarada en la sentencia». Por ello, afirma que debería devolver al BBVA «el importe que recibió por la adquisición de la deuda, minorado en los intereses que haya abonado a los adquirentes y las comisiones pagadas por la comercialización».

Junto a ello, el magistrado añade que a la cooperativa le queda, «en su caso», la posibilidad de reclamar «a BBVA los daños y perjuicios que entienda que le ha causado la forma de comercialización empleada que ha acabado con la anulación de las aportaciones financieras que recibió en su día».

El juez matiza que no detalló esos extremos en la sentencia de enero porque ninguna de las partes se lo había pedido. «Y si ahora se aclara la sentencia con estas consideraciones, únicamente es porque sirven de fundamento para descartar lo que solicita BBVA» cuando pide «que se recoja expresamente como efecto de la nulidad la restitución de las Aportaciones Financieras Subordinadas de Eroski a la entidad bancaria».

Por otra parte, el auto aclaratorio de ayer sostiene que BBVA no estará obligado a entregar cantidad alguna a aquellos demandantes que no han contratado con esta entidad bancaria la adquisición de las aportaciones y tampoco deberá pagar a los compradores de preferentes que hayan alcanzado un acuerdo extrajudicial.

BBVA, satisfecho

Tras conocerse esta resolución judicial, el BBVA mostró su satisfacción por medio de una nota en la que valoraba que el Juzgado de lo Mercantil haya estimado «en una buena medida» sus peticiones anteriores.

Así, destaca que el auto «refleja la obligación de Eroski de entregar a BBVA las cantidades recibidas por la adquisición de las referidas aportaciones, en el caso de que dichas operaciones sean anuladas definitivamente».

Entretanto, Eroski sostiene que «no puede ser perjudicada por una sentencia que le absuelve». En un comunicado hecho público ayer tarde, recuerda que la sentencia del 27 de enero fue totalmente absolutoria para ella, que incluso quedó exenta de abonar las costas del juicio, y añade que «los órganos judiciales no pueden cambiar las resoluciones ya emitidas, y menos aún por la vía de un auto de aclaración». Por ello, solicitará al juez una nueva aclaración.