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La ONU censura los estereotipos que se aplicaron en el caso de Ángela González

Los estereotipos respecto a la violencia machista impidieron que se aplicara la debida vigilancia en el caso de Ángela González, que acabaron con la vida de su hija a manos de su padre. Esa es la conclusión a la que llega el dictamen del Comité de la ONU para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (Cedaw), filtrado ayer por Efe.

El Comité destaca que los estereotipos afectan el derecho de la mujer a un proceso judicial imparcial y que la judicatura no debe aplicar estándares inflexibles sobre la base de nociones preconcebidas de lo que constituye violencia de género.

Subraya que «las autoridades del Estado, al decidir el establecimiento de un régimen de visitas no vigilado, aplicaron nociones estereotipadas y, por tanto, discriminatorias en un contexto de violencia doméstica, y fallaron en su obligación de ejercer la debida vigilancia». Considera probado que la muerte de su hija se enmarcó en un contexto de violencia de género que se prolongó durante varios años; y que el padre de la víctima no pagaba la pensión alimenticia y que seguía usando la vivienda familiar, privando a la menor de su uso. «La decisión de permitir las visitas no vigiladas fue tomada sin las necesarias salvaguardas y sin tener en consideración que el esquema de violencia doméstica que caracterizó las relaciones familiares durante años», incide.

El Comité rechaza el argumento de Madrid de que nada hacía presagiar en los informes sicológicos y de los servicios sociales que existiera peligro para la vida de la niña. Cita expresamente un informe sicológico del 24 de setiembre de 2001, según el cual el padre sufría «un trastorno obsesivo-compulsivo, con rasgos celotípicos y una tendencia a distorsionar la realidad que podría degenerar a un trastorno similar al paranoide».

Recuerda que la separación definitiva de los esposos «estuvo precedida de múltiples incidentes violentos».