NAIZ
MADRID

Penas de entre seis y ocho meses de cárcel para los ultras que asaltaron el centro Blanquerna

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a penas de entre seis y ocho meses de prisión a 14 de los 15 ultras que asaltaron el centro cultural Blanquerna de Madrid, propiedad de la Generalitat, durante la Diada de 2013.

Dos de los ultras que irrumpieron en la sede de la Generalitat.
Dos de los ultras que irrumpieron en la sede de la Generalitat.

La Sección 30 de la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a penas de entre seis y ocho meses de cárcel a los ultras que asaltaron el centro Blanquerna en la Diada de 2013.

El tribunal ha reducido considerablemente las penas que solicitaba la Fiscalía para los procesados, de entre dos y cinco años y medio de cárcel. Por su parte, la Generalitat, propietaria del centro, pedía hasta 17 años de prisión para los asaltantes.

Los jueces sostienen que no está acreditado que los asaltantes conocieran la identidad del entonces diputado de CiU Josep Sánchez Llibre ni del delegado de la Generalitat en Madrid, Josep Maria Bosch, por lo que absuelven del delito de atentado contra la autoridad a los acusados.

También les absuelven del delito de ultraje a la bandera, pues si bien uno de los acusados –Jesús Fernando F.G.– arrojó al suelo la senyera de un manotazo, consideran que esa conducta, «por rechazable que sea», no tiene «entidad penal», pues no aprecian «ánimo de menospreciar, de ultrajar, de vilipendiar el emblema».

En general, condenan a los ultraderechistas por delitos de desórdenes públicos y daños y en algún caso por lesiones y maltrato de obra.

Los jueces consideran probado que uno de los asaltantes arrojó un spray irritante que provocó picores, irritación y náuseas a los asistentes, lo que obligó a suspender el acto, pero su identidad no ha podido determinarse.

Asimismo, creen acreditado que catorce procesados formaban parte del grupo de entre veinte y veinticinco personas que accedieron al recinto «en tropel» y «actuando de forma conjunta y al unísono» –para lo que rompieron una puerta automática de cristal– coreando la consigna «No nos engañan, Cataluña es España».

Los jueces no consideran probado que el decimoquinto acusado, uno de los asistentes a la reunión, participara en la protesta o coreara las consignas, de modo que es absuelto de todos los cargos.