La Sala Cuarta del Tribunal Supremo, constituida en Pleno, deliberó en el día de ayer el recurso sobre despido colectivo. La Sala había estimado que, dadas las características de la cuestión jurídica planteada y su trascendencia, procedía su debate por la Sala en Pleno.
El Tribunal Supremo ha resuelto la «ausencia de vulneración de los principios de igualdad y no discriminación», acerca de la existencia de trabajadores indefinidos no fijos en las empresas públicas. Del mismo modo ha desestimado la inclusión de la fundamentación adicional solicitada por las demandas acerca de las causas organizativas.
En un comunicado, EiTB ha manifestado que «en todo este proceso ha cumplido con los requisitos legales del despido colectivo tal como pusieron de manifiesto tanto el informe de la Inspección de Trabajo, como la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco y que ahora confirma la Sala Cuarta del Tribunal Supremo constituida en Pleno».
Así, afirma que la Convocatoria Pública de Empleo y el despido colectivo «persigue asegurar la sostenibilidad de la radio pública vasca y del Grupo EiTB, prestando el servicio público que demanda la sociedad vasca, ofreciendo información valiosa y desarrollando un espacio comunicacional propio, de divulgación y entretenimiento para enriquecer la vida de las personas, servir para la cohesión social, respetando como valor la diversidad y concitando la unidad en torno al euskera, promoviendo su normalización y uso».

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