
El protocolo establece medidas preventivas, regula el procedimiento de actuación ante hechos de esta naturaleza, y es de aplicación a toda la comunidad universitaria, mientras que las empresas contratadas por la UPNA y aquellas en las que el alumnado realiza prácticas deberán conocerlo y respetarlo.
La UPNA se dota así de un instrumento con el que actuar ante «los problemas de acoso psicológico, sexual y por razón de sexo en las relaciones laborales y estudiantiles, con las debidas garantías y tomando en consideración la normativa comunitaria, constitucional, autonómica y laboral».
Además, según precisa la UPNA en un comunicado, el protocolo tiene también en cuenta «las declaraciones relativas al derecho de todas las personas a disfrutar de unos ambientes de trabajo y estudio exentos de violencia, en general, y contra la mujer, en particular».
En él se califica este tipo de acosos de «atentado contra el derecho a la igualdad y a la integridad física y psíquica y contra la dignidad de las personas» y prevé que «se facilitará ayuda a quien lo sufra, se evitará que la situación se repita y se sancionará en función de las circunstancias y los condicionamientos del hecho en sí».
No obstante, el protocolo incide en el aspecto preventivo y para ello plantea medidas en dos ámbitos: el de la sensibilización, información y formación; y el de los modelos de gestión.
En el primer caso, el documento incluye, entre otras actuaciones, la formación de los mandos intermedios y de los directivos (académicos y de servicios), la organización de cursos orientados a construir una universidad libre de desigualdades, la elaboración de un código de buenas conductas, la potenciación de la comunicación interna relacionada con este asunto y el impulso de acciones de sensibilización y prevención.
Respecto a la gestión, la universidad se compromete a evaluar los posibles riesgos existentes en los puestos de trabajo, habilitar un buzón de observaciones y propuestas de mejora del protocolo, y elaborar un informe anual sobre la cuestión, entre otras medidas.
La UPNA subraya que este protocolo regula asimismo el procedimiento de actuación en dos fases: la primera es de acogida, en la que diversos servicios de la universidad atenderán a la víctima, le informarán de sus derechos y valorarán su situación, y la segunda la presentación si procede de una queja o denuncia ante la nueva Asesoría Confidencial.
Esta presentación formal da lugar al inicio de un procedimiento, que incluye una investigación y un informe de valoración que pueden desembocar en el archivo del expediente; la apertura de un expediente disciplinario por una falta tipificada en la normativa; la incoación de un expediente disciplinario por falta muy grave ante indicios claros de acoso, lo que conllevará medidas correctoras y sancionadoras.

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