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Barcelona

El Parlament recurre el artículo 155 ante el TC, al considerarlo «desproporcionado»

El Parlament ha recurrido al Tribunal Constitucional (TC) la activación del artículo 155 al entender que vulneró el principio de autonomía y de participación política y se aplicó de forma «desproporcionada», ante una «mera declaración retórica» de Carles Puigdemont.

Pleno del Parlament, en una imagen de archivo.
Pleno del Parlament, en una imagen de archivo.

El recurso de inconstitucionalidad argumenta que las medidas del 155 supusieron una suspensión «de facto» de la autonomía catalana y, con la disolución del Parlament, acarrearon un «control político de conveniencia», situando a la cámara catalana «en una posición de subordinación jerárquica» respecto al Gobierno español.

En ese sentido, el recurso apunta a que el Gobierno del Estado debió advertir a Puigdemont de que disolvería directamente la cámara si desatendía sus requerimientos, con lo que el president podría haberlo hecho «por iniciativa propia, evitando la injerencia de una autoridad ajena al sistema institucional catalán, dando lugar a la desactivación del artículo 155» de la Constitución española.

El recurso se dirige contra el acuerdo del pleno del Senado que el pasado mes de noviembre aprobó las medidas propuestas por el Gobierno en aplicación del 155, así como los decretos posteriores desplegados para su ejecución, incluido el cese del Govern y de altos cargos de la Generalitat, así como del mayor de los Mossos d'Esquadra, Josep Lluís Trapero.

Tras invocar la jurisprudencia y los debates constituyentes, el Parlament sostiene que las medidas «coercitivas» deben utilizarse como «última ratio», puesto que deben prevalecer el «diálogo y pacto político e institucional», y defiende que el artículo 155 «no faculta» a disolver o a cesar órganos autonómicos.

Además, para el Parlament, no puede considerarse «una justificación válida» para activar el 155 «una mera declaración retórica por parte del presidente de una comunidad autónoma que no vaya acompañada de una situación fáctica y de unos efectos que lleven a la constatación de que el objeto del requerimiento se ha producido de manera real y efectiva».

En opinión del Parlament, el artículo 155 no puede implicar «en ningún caso» el cese de las autoridades de una comunidad, «puesto que ello supone una quiebra no solo del principio de autonomía sino también del modelo parlamentario de gobierno que asegura la Constitución y el Estatuto», ni «faculta para alterar el reparto competencial entre el Estado y las comunidades autónomas».

Respecto a la disolución del Parlament, el recurso sostiene que fue una medida «inadecuada e innecesaria» que suprimía cualquier «control político ordinario» por parte de la cámara catalana, lo que vulnera «los derechos de participación política y de sufragio de los ciudadanos a quienes representan» los diputados.

El recurso señala además el hecho «inquietante» de que la sesión que celebró el Senado sobre la aplicación del artículo 155 «se convirtió en una suerte de debate entre grupos parlamentarios, y en ausencia de representante alguno de la Generalitat».

El TC admitirá a trámite mañana el recurso de En Comú Podem

Asimismo, el Tribunal Constitucional  admitirá a trámite en el pleno que comienza mañana el recurso de inconstitucionalidad que presentó En Comú Podem contra la aplicación del dicho artículo.

La admisión a trámite es prácticamente automática frente a un recurso de este tipo para el alto tribunal, que solo podría advertir en contra de dicha decisión defectos de forma que, por otra parte, serían subsanables de inmediato.