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El juez rechaza procesar al líder del Polisario, Brahim Ghali, por una querella por genocidio

El líder del Frente Polisario, Brahim Ghali, no será procesado por genocidio. Así lo ha decidido el juez de la Audiencia Nacional española Santiago Pedraz, al considerar que los hechos de los que se le acusa en la querella de la Asadeh, que se extienden de 1974 a 1990, ya estarían prescritos.

El presidente de la RASD y secretario general del Frente Polisario, Brahim Ghali. (Ryad KRMADI/AFP)
El presidente de la RASD y secretario general del Frente Polisario, Brahim Ghali. (Ryad KRMADI/AFP)

El juez de la Audiencia Nacional española Santiago Pedraz ha rechazado procesar al líder del Frente Polisario, Brahim Ghali, en la causa abierta por un presunto delito de genocidio a raíz de una de las querellas interpuestas contra él, dado que considera que los hechos están prescritos.

El magistrado ha acordado la conclusión de este sumario sin procesar a Ghali después de que la Sala de lo Penal revocase por un defecto de forma su decisión de archivar el procedimiento pues, al tratarse de un delito de genocidio, la causa debía tramitarse como sumario y la decisión de archivar no le compete al juez instructor, sino a la Sala.

Tras transformar las diligencias previas a sumario ordinario, el magistrado ha concluido la investigación abierta por una querella de la Asociación Saharaui para la Defensa de los Derechos Humanos (Asadeh) y ha rechazado actuar contra Ghali.

El juez Pedraz justifica su rechazo a procesar al líder del Polisario en que los hechos de la querella se extienden desde 1974 hasta 1990, por lo que ya estarían prescritos de acuerdo con el Código Penal del 1973 (el aplicable al momento de los hechos como ley penal más favorable).

Y, sin necesidad de analizar si podrían constituir delito de genocidio en el Código Penal actual, el juez apunta además que las conductas denunciadas «no integran todos los elementos» del mismo.

En consonancia con el criterio expuesto en anteriores resoluciones, Pedraz se hace eco en su auto de las contradicciones existentes entre las afirmaciones reflejadas en la querella sobre la participación de Ghali en los hechos denunciados y las declaraciones de los testigos.

Ve, además, «una insuficiencia manifiesta de detalles relevantes sobre circunstancias de lugar y tiempo de los hechos» o sobre la participación del líder del Polisario, cuestiones que, dice, restan credibilidad a los testimonios prestados e impiden mantener su imputación.

Tras más de un mes ingresado en un hospital de Logroño por covid, lo que derivó en una crisis diplomática con Marruecos, Ghali regresó a Argelia después de declarar en junio ante Pedraz, que rechazó imponerle las medidas cautelares.

Con el archivo de esta querella, que se remonta a 2008 y se dirige contra trece militares, solo queda una activa en la Audiencia Nacional española, la impulsada por por el hispano-saharaui Fadel Mihdi Breica.

González Laya

La decisión de Pedraz se produce el mismo día en que ha comparecido como investigada la exministra española de Asuntos Exteriores Arancha González Laya en un juzgado de instrucción de Zaragoza, que investiga en otro procedimiento la entrada de Ghali en el Estado español el pasado mes de abril.

Tras prestar declaración durante una hora, la exministra ha indicado a los medios de comunicación que su intención es aportar todas las explicaciones que puedan ayudar a que el juez llegue pronto a la conclusión que ha guiado siempre su actuación, en este caso, de que todo se ha hecho «conforme a la Ley», lo que espera que Lasala «haga pronto».

«Es, un poco, el espíritu con el que he querido comparecer», ha continuado González Laya, quien ha insistido: «La entrada –de Ghali– se hizo, desde mi punto de vista, de acuerdo con la Ley». Ha dejado clara su intención de actuar con «transparencia» y «con mucha tranquilidad»