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EL INDEPENDENTISMO CATALÁN, EN LA DIANA

El TS desacata la amnistía al insistir en la persecución por malversación

Contra el criterio de la Fiscalía y la Abogacía del Estado y en un claro desafío a la mayoría parlamentaria, el Tribunal Supremo español mantiene la persecución a líderes independentistas catalanes por el delito de malversación. Ello supone, entre otras cosas, que Carles Puigdemont no podrá volver sin ser detenido. Sí se ha levantado la orden de arresto contra Marta Rovira.

El juez Llarena en un acto de la Fundación ultraderechista Villacisneros.
El juez Llarena en un acto de la Fundación ultraderechista Villacisneros. (Alejandro MARTÍNEZ | EUROPA PRESS)

Los magistrados que juzgaron el procés en el Tribunal Supremo (TS) han rechazado amnistiar la malversación al exvicepresident del Govern Oriol Junqueras y al resto de condenados por el referéndum del 1-O, y el juez instructor Pablo Llarena ha actuado de igual forma con el expresident Carles Puigdemont, y mantiene su orden de detención.

La Sala de lo Penal ha adoptado su decisión tras estudiar los informes de las acusaciones -Fiscalía, Abogacía del Estado y Vox- y de las defensas sobre la aplicabilidad de la amnistía a los distintos hechos que se atribuyen a Junqueras y los exconsellers Jordi Turull, Raül Romeva y Dolors Bassa. Y el juez Llarena, por su parte, se ha pronunciado tras analizar las alegaciones de las acusaciones y de los exconsellers Toni Comín, Lluís Puig y la secretaria general de ERC, Marta Rovira, que está exiliada en Suiza.

Se trata de dos autos diferentes, aunque en la misma línea y conocidos al mismo tiempo, lo que apunta a una coordinación. Se pueden recurrir en un plazo de diez días.

Una de sus consecuencias es que Puigdemont no podrá volver desde Catalunya Nord a riesgo de ser detenido. Quien sí podrá hacerlo es Marta Rovira, para quien se ha levantado la orden de detención al no estar condenada por malversación y considerarse amnistiados el resto de las causas.

LOS JUECES DICEN VER «LUCRO PERSONAL»

La Fiscalía había informado a favor de aplicar la ley a los condenados y encausados del procés al entender que no hubo enriquecimiento patrimonial ni se afectó a los intereses de la Unión Europea, igual que la Abogacía del Estado. En consecuencia, el Ministerio Público había pedido levantar la orden de detención a Puigdemont. Todo ello tras un duro pleito dentro de la propia Fiscalía, en el que finalmente el fiscal general del Estado logró imponer su posición por la mínima tras un debate y votación en la Junta de Fiscales.

Tras cinco horas de discusión, y por 19 votos a 17, la mayoría coincidió con el fiscal general en que, tras la entrada en vigor de la ley, «procede declarar amnistiadas la totalidad de las conductas que fueron y son objeto de dichos procedimientos, así como levantar las medidas cautelares que penden respecto de alguno de los encausados».

La Sala de lo Penal del Supremo, por contra, dice ahora haber concluido que los acusados obtuvieron un beneficio personal de carácter patrimonial. «La única alternativa al alcance de los Sres. Junqueras, Romeva, Turull y la Sra. Bassa, si querían coadyuvar al proyecto independentista, era disponer de los fondos públicos de la Generalitat o pagar de su bolsillo. Y optaron por la primera de las opciones», apuntan en el auto conocido ayer.

Los magistrados afirman que el ánimo de lucro siempre «se ha considerado perfectamente compatible con cualquier otra finalidad». Sobre este extremo, inciden en que «el que se apodera de bienes ajenos -en este caso, patrimonio público- comete un delito aunque el metálico obtenido se destine a regalos a terceros, a limosna o a cualquier otra causa altruista. El castigo en los delitos patrimoniales no se justifica por ‘quedarse con las cosas de otro’, sino por ‘quitarle a otro las cosas’».

Los condenados, añade el Supremo, «hicieron con el patrimonio ajeno que les estaba confiado lo que no pudieron o no quisieron hacer con su patrimonio». «Destinaron aquél a sus propios objetivos personales, que no por ser políticos, dejan de tener esa vertiente también particular o sectaria. Fondos públicos puestos al servicio de sus fines, que eran también particulares, aunque pudiesen estar compartidos por un número mayor o menor de personas», apunta.

Y sostiene que «la financiación de campañas electorales, de metas con significación política, de propaganda o la implementación de las propias ideas políticas, incluso aunque tenga una vertiente idealista, no deja de reportar también un beneficio personalísimo que adquiere carácter patrimonial cuando ha reportado un ahorro significativo».

El juez Llarena, por su parte, indica que los procesados obtuvieron los materiales, prestaciones y servicios que precisaban «para, desde su liderazgo, satisfacer su antojadizo interés, haciéndolo con cargo a todos los contribuyentes de Cataluña y eludiendo sufragar sus deseos o afanes con detrimento de su fortuna personal». A su juicio, «se refleja así que la malversación operó en beneficio personal y para rendir en los encausados un provecho de carácter patrimonial», considerando que la Ley de Amnistía no lo ampara.

AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

La Sala del TS ha acordado también promover cuestión de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional respecto del delito de desobediencia, con la intención de que el tribunal de garantías se pronuncie sobre el fondo del asunto. Aunque las partes deberán pronunciarse al respecto.

La magistrada Ana Ferrer suscribe un voto particular discrepante que plantea presentar una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la UE, con sede en Luxemburgo.



Un juez se jacta de cargarse la ley y dejar tocado al Gobierno español

El juez Joaquín Aguirre, que investiga la supuesta injerencia rusa en el procés en el llamado «caso Volhov», se jactó en una conversación privada de haber tumbado la amnistía, cuando Junts impidió que se aprobara en el Congreso, y fue tajante: «Al Gobierno le quedan dos telediarios alemanes. Y ya está. A tomar por el culo».

«Me han dicho que ayer se tumbó lo de la Ley de Amnistía. Se tumbó por mí», afirmó Aguirre, según una grabación que publicó ayer Canal Red, medio impulsado por el exlíder de Podemos Pablo Iglesias, donde se explica que el magistrado hizo estos comentarios a funcionarios en dependencias judiciales. Por el contexto se debió producir el día siguiente de que el 30 de enero Junts votara en contra de la Ley de Amnistía en el Congreso, por lo que se tuvo que reabrir el proceso hasta su aprobación definitiva el 30 de mayo.

«Claro, es que será la tumba, lo será. Al Gobierno le quedan dos telediarios alemanes. Dos. Y ya está. A tomar por el culo. Entonces, hay gente que se está situando ya, ha tomado partido, y el partido soy yo», agregó Aguirre, quien nació en Canarias, pero ha hecho carrera judicial en Catalunya, en otro audio difundido por Canal Red.

Con la amnistía ya en vigor, Aguirre acordó el 21 de junio abrir una nueva pieza sobre la injerencia rusa en el procés, después de que la Audiencia de Barcelona le ordenase cerrar la que tenía abierta, e implicó por los delitos de traición y malversación a los expresidentes de la Generalitat Carles Puigdemont y Artur Mas, entre otros. Antes de impedirle seguir con la investigación inicial de la supuesta injerencia rusa en el procés, la Audiencia de Barcelona había acordado el pasado 5 de junio mantener a Aguirre al frente de la causa, al no apreciar que el juez canario tuviese interés en el caso, «ni siquiera en el ámbito ideológico». GARA