El PGOU de Bilbo equiparará las habitaciones y viviendas turísticas
Una modificación del PGOU de Bilbo impondrá la misma normativa a las Habitaciones y Viviendas de Uso Turístico, y la extenderá a más barrios. Las residencias de estudiantes podrán alquilar habitaciones a turistas solo en verano y reservando el 30% a alumnos.

Tal y como se acordó en septiembre, el Ayuntamiento de Bilbo aprobará en el pleno ordinario de este mes una modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) por la que se equiparan las Habitaciones de Uso Turístico (HUT) y las Viviendas de Uso Turístico (VUT) en los barrios más afectados por esta actividad, donde estos alojamientos solo se podrán implantar en la planta primera de los edificios residenciales y solo si tienen un acceso independiente.
Así lo expuso ayer el concejal de Planificación Urbana, Proyectos Estratégicos y Espacio Público, Asier Abaunza.
«Abordamos esta cuestión con un planteamiento claro, el de promover el uso residencial en viviendas para domicilio habitual, compatibilizando el disfrute de nuestros recursos turísticos, sin perder en ningún caso de vista la protección del entorno urbano y la mezcla equilibrada de usos residenciales y de actividad económica en las edificaciones», manifestó, para añadir que será un planteamiento «más restrictivo», que llega tras un «análisis exhaustivo» de la situación.
Fruto de este estudio, expuso, se evidencia un importante crecimiento en los últimos años de las HUT y, sobre todo, VUT, que ya suponen el 24% del total de plazas turísticas existentes en la ciudad.
HASTA AHORA, EL PGOU DE 2022
La regulación actual está recogida en el PGOU aprobado en 2022. En ese plan no existen limitaciones de implantación de Habitaciones de Uso Turístico en viviendas existentes, pues se considera que desarrollan una utilización residencial. Sí las hay para la implantación de Viviendas de Uso Turístico, ya que se consideran actividad económica.
La principal novedad del cambio que se plantea es precisamente la equiparación de las HUT a las VUT, para «evitar que se recurra a las primeras para sortear las limitaciones de implantación que ya tienen las segundas». Por tanto, en los ámbitos de mayor concentración, tanto las HUT como las VUT se consideran actividades económicas y se les aplican las mismas restricciones.
Esto supone que se autorizarán solo en la planta más baja destinada a viviendas en edificios de viviendas libres existentes que tengan reconocido el uso (en Casco Viejo, solo en planta primera o planta baja). Además, será necesario un acceso independiente y con recorrido accesible (que no condicione necesidades de la comunidad); se limitará a un alojamiento turístico por edificio; y se permitirá compatibilizar de forma alternativa estar empadronado en esa vivienda y su uso turístico.

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