Imanol INTZIARTE
DONOSTIA

El TSJPV anula la obligación del deporte escolar para jugar en un club en Gipuzkoa

Una familia de Pasaia presentó una demanda porque sus hijas querían jugar a baloncesto sin tener que practicar otras modalidades en el marco del programa Eskola Kirola. Ahora, una sentencia rechaza la «obligatoriedad» y dictamina que se tengan en cuenta las preferencias de los menores. La Diputación ha anunciado que presentará un recurso para sostener su controvertido modelo.

Partido escolar de fútbol en la playa de Zarautz.
Partido escolar de fútbol en la playa de Zarautz. (Gorka RUBIO | FOKU)

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha dictado una sentencia que acaba con la obligatoriedad de que las personas menores de 13 años deban practicar deporte escolar en sus centros para poder inscribirse en clubes deportivos, un requisito impuesto únicamente en Gipuzkoa.

La sección tercera del Contencioso Administrativo declara «nulos de pleno derecho» varios puntos de distintas normas forales que regulan el programa Eskola Kirola en este territorio.

Esta cuestión ha sido objeto de polémica y protestas por parte de progenitores y clubes de Gipuzkoa desde su implantación hace casi tres décadas, hasta que, por primera vez, una familia ha recurrido a los tribunales para cuestionar la obligatoriedad impuesta por la Diputación.

El programa de multideporte ofrece la oportunidad de probar diferentes disciplinas, pero establece la obligatoriedad de participar en estas actividades en los colegios como requisito indispensable para poder formar parte de un club de un deporte específico.

SOLO BALONCESTO

Una familia de Pasaia, que había inscrito a sus dos hijas en un club de baloncesto, decidió combatir esta obligatoriedad y presentó un recurso contencioso administrativo hasta lograr que el TSJPV les diera la razón al reconocer «el derecho de las dos niñas a inscribirse en la unidad de iniciación deportiva -club o escuela formativa- que deseen, sin necesidad de participar en el programa polideportivo de su centro escolar».

Los recurrentes apelaron a la Ley Vasca del Deporte, que refleja que entre los 6 y los 12 años «se garantizará una actividad física lúdica y polideportiva», lo que el TSJPV interpreta como una garantía de la oferta, «pero en modo alguno la impone».

La sentencia admite el argumento de la Diputación respecto a «los riesgos de una precoz especialización y de la persecución de la protección del desarrollo educativo integral del menor a través del deporte», pero entiende que «no puede en modo alguno obviarse tampoco las elecciones y preferencias de los menores en el desarrollo de la práctica deportiva».

La resolución destaca que en Bizkaia y Araba no existe la obligatoriedad de hacer deporte escolar para poderse inscribir en un club, ya que siguen «un modelo de polideportividad preferente, pero en ningún caso obligatorio».

«QUEDA EN SUSPENSO»

El Departamento foral de Deportes anunció que recurrirá la sentencia del TSJPV, lo que «deja en suspenso» su aplicación hasta que no se resuelva el recurso. «Este hecho implica que Eskola Kirola sigue siendo la actividad principal del programa de deporte escolar».

La diputada Goizane Álvarez (PSE) aseguró que «seguimos teniendo muy claro que el modelo de iniciación deportiva en Gipuzkoa tiene grandes beneficios para el desarrollo de los menores y la formación de las personas. Siempre procuraremos evitar la iniciación temprana tan nociva, y que el modelo no expulse a nadie porque no tenga destrezas para ser bueno».