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La juez da la razón a Kukuxumusu y prohíbe a Urmeneta reproducir sus creaciones

La magistrada del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Iruñea ha dictado sentencia en la demanda presentada por Kukuxumusu contra Katuki Saguyaki en relación a la transformación, copia o adaptación cuyos derechos habían sido cedidos a Kukuxumusu. En su sentencia, la juez condena a Katuki Saguyaki a cesar en «la transformación de cualquier forma de los Dibujos del Universo Kukuxumusu» y «a retirar del mercado todas las unidades de camisetas y demás productos a los que se hayan incorporado» los dibujos del citado universo.

El dibujante Mikel Urmeneta, a las puertas del Palacio de Justicia de Nafarroa. (Iñigo URIZ/ARGAZKI PRESS)()
El dibujante Mikel Urmeneta, a las puertas del Palacio de Justicia de Nafarroa. (Iñigo URIZ/ARGAZKI PRESS)()

En la sentencia del caso, la juez impide a Katuki Saguyaki «la reproducción de los Dibujos del Universo Kukuxumusu, es decir, los dibujos cuyos derechos económicos de propiedad intelectual fueron cedidos a Kukuxumusu en virtud de los Contratos de Cesión de Derechos y, en particular, los dibujos que han sido analizados en el informe pericial de la doctora Pilar Bonet y su ampliación en camisetas, sistemas informáticos y cualesquiera otros soportes, cualquiera que fuere la escena, situación o peripecia en que esos dibujos puedan aparecer representados».

También le prohíbe «la distribución de los Dibujos del Universo Kukuxumusu, es decir, los dibujos cuyos derechos económicos de propiedad intelectual fueron cedidos a Kukuxumusu», mediante la venta online o a través de cualquier otro medio o procedimiento de camisetas u otros productos a los que se incorporen.

En su sentencia establece asimismo que Katuki Saguyaki no puede llevar a cabo «la transformación en cualquier forma de los Dibujos del Universo Kukuxumusu», en particular «mediante su adaptación o recreación en cualquier nueva escena, situación o peripecia en la que pudieran ser colocados; todo ello mientras estén en vigor los derechos de propiedad intelectual sobre dichos Dibujos del Universo Kukuxumusu».

Además, ordena «retirar del mercado todas las unidades de camisetas y demás productos a los que se hayan incorporado los Dibujos del Universo Kukuxumusu», incluyendo «la retirada de toda clase de folletos, catálogos, listas de precios, materiales publicitarios y promocionales e impresos de cualquier tipo en los que se reproduzcan o transformen los Dibujos del Universo Kukuxumusu, y destruirlos a costa de los demandados».

También establece que debe «indemnizar a Kukuxumusu los daños y perjuicios ocasionados por la infracción de los derechos de propiedad intelectual de los que es titular en el importe correspondiente al precio que deberían haber satisfecho los demandados por la obtención de una autorización que les permitiera haber realizado lícitamente la explotación comercial de los Dibujos del Universo Kukuxumusu». La cuantía se determinará «con arreglo a esta base y en atención al importe del royalty hipotético resultante del informe del Sr. Azqueta (21,12 % sobre ventas netas de productos infractores), en ejecución de sentencia».

Finalmente, la juez recuerda que contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días contados desde el día siguiente a su notificación.