Ainara LERTXUNDI
ACUERDO DE PAZ ENTRE LAS FARC-EP Y EL GOBIERNO

Un proceso vivo, una implementación sinuosa y una burocracia lenta

La Corte Constitucional de Colombia avaló tras un tenso debate la fórmula abreviada del «Fast Track» para implementar el acuerdo con las FARC. Un fallo trascendental que despeja un camino, de por sí difícil.

Tras un intenso y prolongado debate que mantuvo al país y, muy especialmente al Gobierno y a las FARC-EP, en vilo, la Corte Constitucional de Colombia aprobó el denominado «Fast Track», una herramienta fundamental prevista en el Acto Legislativo 1 de 2016 para agilizar la implementación de los acuerdos firmados entre el presidente, Juan Manuel Santos, y el comandante en jefe de las FARC, Timoleón Jiménez o Timochenko, el 24 de noviembre en el Teatro Colón de Bogotá y, posteriormente, aprobados por el Senado y la Cámara de Representantes el 29 y el 30 de noviembre, respectivamente.

Este mecanismo permite que las leyes sean tramitadas en cuatro debates y que el tránsito del proyecto entre una y otra Cámara sea de ocho días.

La Corte Constitucional ha declarado «exequibles» –es decir, acordes con la Constitución y, por lo tanto, se mantienen como están– los artículos 1 y 2 del Acto Legislativo que establecen el llamado Procedimiento Legislativo Especial para la Paz por un periodo de seis meses –prorrogable por un periodo adicional de hasta seis meses mediante comunicación formal del Gobierno al Congreso– y, con carácter transitorio, confieren al presidente facultades para «expedir decretos con fuerza de ley cuyo contenido tendrá por objeto facilitar y asegurar la implementación y desarrollo normativo» del Acuerdo Final. Entiende que el Procedimiento Legislativo Especial para la Paz previsto en el Acto Legislativo 1 de 2016 «no configura una sustitución» de la Constitución. El fallo responde a la demanda de un particular.

No obstante, el artículo 5 del Acto Legislativo 1 de 2016 estipula que la aplicación «Fast Track» depende de la «refrendación popular» del Acuerdo Final.

Aunque el contenido de este artículo no era objeto de la demanda interpuesta, la Corte consideró «necesario» interpretarlo entendiendo por «refrendación popular» un proceso en el cual «haya participación ciudadana directa, cuyos resultados deben ser respetados, interpretados y desarrollados de buena fe, en un escenario de búsqueda de mayores consensos, proceso que se puede concluir en virtud de la decisión libre y deliberativa de un órgano revestido de autoridad democrática». Añade que «cuando una autoridad de esta naturaleza decida conforme a los anteriores principios que el Acuerdo Final surtió un proceso de refrendación popular, el Acto Legislativo entrará en vigencia». ¿Ello en qué se traduce?

Fuentes jurídicas cercanas al proceso consultadas por GARA indicaron que, en la práctica, supone que «la primera ley aprobada a través del ‘Fast Track’ debe ir acompañada de una (re)declaración que, a la vista de esta sentencia, ratifique que ya hubo una refrendación popular. El Congreso es un órgano con competencias para hacer una refrendación popular directa».

Desde Madrid, Santos elogió la resolución de la Corte. Más de una vez tanto él como los negociadores del Gobierno advirtieron de que el «Fast Track» no era un «capricho» sino un mecanismo esencial para la pervivencia del proceso y la implementación.

«Era un punto fundamental porque una de las muchas lecciones que podemos extraer del estudio de los diferentes acuerdos a través de la historia del mundo es que teníamos que abreviar el tiempo en el que se comenzaba a implementar», dijo. Aseguró que pese a las dificultades, el proceso ha valido la pena. «Debíamos llevarlo a buen puerto. Estos últimos años no se comparan ni de cerca con el medio siglo de conflicto armado que hemos vivido», indicó en la entrega del premio Nueva Economía Fórum.

Aunque el del martes es un fallo trascendental para facilitar el cumplimiento de los acuerdos y supone un importante balón de oxígeno para el proceso, el camino de la implementación sigue siendo sinuoso y empinado.

De hecho, uno de los magistrados, Jorge Iván Palacio, censuró que la Corte entrara a valorar el alcance del artículo 5 del Acto Legislativo, referente la refrendación popular. A su juicio, bastaba con que la Corte determinase que «se había cumplido dicho presupuesto de refrendación por el Congreso».

En la aclaración de su voto, advirtió de que «si bien la Corte buscaba brindar seguridad jurídica al proceso, la posición de la mayoría termina por generar más incertidumbre e inseguridad jurídica, postergando la entrada en vigencia del Acto Legislativo y, peor aún, creando otros espacios para nuevas demandas de inconstitucionalidad».

En todo caso, el asesor jurídico de la delegación de paz de las FARC, Enrique Santiago, indicó a GARA que espera que «como muy tarde, el jueves –por hoy– se erradique el Acto Legislativo en el cual se incluyen los principios básicos de la Jurisdicción Especial para la Paz. A continuación habrá que aprobar vía ‘Fast Track’ el contenido íntegro de la Jurisdicción Especial a través de una ley estatutaria».

Ley de Amnistía, ¿en un mes? El martes por la noche, el Gobierno presentó la Ley de Amnistía. Se espera que en el plazo máximo de un mes sea una realidad. Según los cálculos de la Comisión de Implementación, en la que hay tres representantes de las FARC, si «hay voluntad, en un mes estaría aprobada».

El «Día D» que marca con un detallado cronograma el proceso de dejación de armas comenzó el pasado 1 de diciembre. La duración de este proceso debe ser, según el Acuerdo Final, de 180 días, tras los cuales, las FARC habrán entregado a la comisión de monitoreo de la ONU todo su armamento, con el cual se construirán tres monumentos –uno se instalará en Colombia, otro en Cuba y un tercero en la sede de las Naciones Unidas en Nueva York– y se procederá al desmantelamiento de las Zonas Veredales Transitorias de Normalización (ZVTN) y Puntos Transitorios de Normalización (PTN). El inicio del traslado desde las zonas de preagrupamiento a las ZVTN y PTN, que debía de haber comenzado el pasado día 5, depende de que la Fiscalía levante las órdenes de detención y captura que pesan contra los guerrilleros.

«La Fiscalía aún no ha hecho nada al respecto. Obviamente, no puede haber tránsito por el país para ir a las zonas veredales si no hay levantamiento de las órdenes de captura porque, de lo contrario, supondría la obligación de los funcionarios públicos de detener a cualquiera que estuviera en ese tránsito», explicó el letrado.

Una Administración «lenta». A la no suspensión de las órdenes de captura, se suma el retraso en la tramitación de los indultos. «El mismo ‘Día D’ el Gobierno debía haber indultado a todos los presos con delitos indultables según la legislación actual, es decir, antes de que entre en vigor la Ley de Amnistía, y a fecha de hoy –14 días después– solo han quedado en libertad tres presos. El calendario y su cumplimiento depende de que el Gobierno cumpla con sus obligaciones». Se calcula que unos 300 presos de las FARC se beneficiarán de estos indultos.

Ayer, el ministro de Justicia, Jorge Eduardo Londoño, anunció la tramitación de «100 indultos» y que en los próximos días estarán «listos otros 200».

«Estamos ante una Administración sumamente lenta e incapaz de cumplir los acuerdos firmados con los ritmos estableci- dos en ellos. Obviamente, hay una voluntad por parte del Gobierno de hacer cumplir lo acordado, pero la Administración no está a la altura de las circunstancia y no está sabiendo cumplir los términos del Acuerdo», subrayó. Asimismo, criticó la falta de planificación ya que «desde el 24 de noviembre –fecha en la que el Acuerdo fue firmado por Santos y Timochenko– se sabía con más o menos exactitud cuándo sería el ‘Día D’, por lo que debían de haber comenzado entonces a tramitar, por ejemplo, los indultos y a levantar las órdenes de captura».

Mandos destituidos. En este contexto de inseguridad jurídica y de compás de espera, el Estado Mayor Central de las FARC dio a conocer la expulsión de las filas guerrilleras de cinco de sus mandos. Uno de ellos, Gentil Duarte, fue miembro de la mesa de diálogo de La Habana.

En un duro comunicado fechado el martes, afirmó que su «conducta reciente los ha llevado a entrar en contradicción con nuestra línea político-militar».

«Hacemos un llamado a los combatientes que bajo engaño han sido llevados a emprender un camino de aventura sin futuro, para que se aparten de la errada decisión que han tomado sus jefes intermedios y regresen a las filas de las FARC-EP, donde serán acogidos nuevamente por sus camaradas», añade la nota.

«El camino de la paz abierto en medio de inmensas dificultades, no debe ser obstaculizado por un grupo de insensatos que desconociendo los anhelos de paz de la inmensa mayoría de nuestro pueblo se lanzan por el despeñadero de la ambición personal disfrazando sus innobles propósitos tras la fraseología de apariencia revolucionaria», denuncia.

El órgano de dirección de las FARC subraya que el momento actual requiere de «la más férrea unidad de todos aquellos sectores que desde diferentes visiones nos hemos comprometido a aportar nuestro modesto esfuerzo para que el futuro de nuestra patria sea de paz con justicia social, democracia y soberanía».