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50 euros más para los parados con más cargas familiares

El Gobierno español elevará de 400 a 450 euros la ayuda del plan Prepara para los desempleados que hayan agotado la prestación por paro o el subsidio y tengan a su cargo, al menos, dos miembros de la unidad familiar, además del cónyuge o pareja de hecho.

El Consejo de Ministros de Rajoy aprobará el viernes la reforma de este plan, cuya principal novedad será el incremento de la cuantía de dicha prestación del 75 % al 85 % del IPREM (Indicador Público de Rentas Múltiples) que para 2012 se ha fijado en 532,51 euros al mes, de tal forma que esos perceptores recibirán 450 euros mensuales.

La vicepresidenta del Gobierno español, Soraya Sáenz de Santamaría, se ha reunido esta mañana con la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, el ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, y el director de la Oficina Económica del Presidente del Gobierno, Álvaro Nadal, para analizar la reforma del programa.

La Ministra Bañez ha afirmado que el objetivo de las modificaciones será «mejorar la protección de quienes más lo necesitan, reforzar la cualificación de los beneficiarios para facilitarles su incorporación al mercado laboral y aumentar la colaboración con las comunidades autónomas para mejorar la eficacia del plan».

Fátima Báñez ha afirmado que aumentando la cuantía de la ayuda para quienes más cargas familiares tienen pretenden que el plan Prepara sea «la última puerta de entrada en el mercado de trabajo».

Requisitos

Según está planteado el Prepara actualmente, las personas beneficiarias deberán carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores en cómputo mensual al 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI), que para 2012 es de 641,4 euros, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.

Se consideran rentas el importe de los salarios sociales, las rentas mínimas de inserción o ayudas análogas concedidas por otras administraciones públicas.

Puede darse el caso de que el solicitante carezca de rentas pero tenga cónyuge y/o hijos menores de 26 años, menores acogidos, o mayores de esa edad con al menos una discapacidad del 33 %,

En esa situación, se entenderá que el solicitante no tiene rentas cuando la suma de las de todos los integrantes de la unidad familiar, incluido él mismo, dividida por el número de miembros que la componen, no supere el 75 % del SMI.

Tampoco podrán acogerse a la ayuda aquellos que ya se hubieran beneficiado de ella anteriormente.