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El juez Llarena confirma el procesamiento contra Puigdemont por desobediencia y malversación

El juez Pablo Llarena ha rechazado los recursos tanto de las defensas como de las acusaciones y ha mantenido procesado al president en el exilio, Carles Puigdemont, por desobediencia y malversación agravada, aunque descarta los desórdenes públicos.

Puigdemont, en el Parlamento Europeo. (Hatim KAGHAT | AFP)
Puigdemont, en el Parlamento Europeo. (Hatim KAGHAT | AFP)

El magistrado del Tribunal Supremo español Pablo Llarena ha rechazado los recursos presentados tanto por la defensa como por las acusaciones contra el auto por el que confirmó el procesamiento del president en el exilio Carles Puigdemont por los delitos de desobediencia y malversación agravada, tras revisar su decisión inicial a la luz de la reforma que derogó la «sedición» y modificó la malversación.

Puigdemont acusó a Llarena de ignorar la reforma penal, mientras que tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado pedían sumar a esos dos delitos –desobediencia y malversación agravada– el nuevo de desórdenes públicos agravados.

En una resolución del pasado 12 de enero, Llarena eliminó el delito de «sedición» del procesamiento de Puigdemont, pero mantuvo el de malversación –que fija penas de 4 a 12 años de prisión y de 10 a 20 de inhabilitación– e incluyó el de desobediencia –que no contempla cárcel, pero sí inhabilitación de 6 meses a 2 años–. Además, dejó sin efecto la euroorden dictada contra el líder independentista, aunque decidió mantener la orden de busca y captura a nivel estatal.

Llarena también revisó los casos de los exconsejeros Toni Comín y Lluís Puig, a los que procesó igualmente por desobediencia y malversación, y los de Clara Ponsatí y Marta Rovira, a las que achacó un delito de desobediencia.

Frente a lo alegado por las defensas de Puigdemont y Comín, que consideran contrarias a su inmunidad como parlamentarios las órdenes nacionales de busca, captura e ingreso en prisión, Llarena recuerda que el tratado de la UE, respecto a la operatividad de la inmunidad en el Estado español, les atribuye los privilegios reconocidos a los miembros del Parlamento nacional.

El magistrado reitera que los procesados por malversación deben serlo en su actual versión agravada –que conserva las penas de la antigua malversación–, así como que los hechos encajados antes en la sedición actualmente solo tienen cabida en el delito de desobediencia.

Respecto a la malversación agravada, que ahora contempla expresamente el «ánimo de lucro», incide Llarena en que esta «exigencia típica no puede ser evaluada como una voluntad de enriquecimiento personal, sino como la intención de obtener cualquier tipo de beneficio, aprovechamiento o satisfacción, esto es, como la voluntad de disponer de los fondos públicos a título de dueño».

En cuanto a la petición de Fiscalía y Abogacía de añadir al procesamiento el nuevo delito de desórdenes públicos agravados, Llarena responde que la reforma penal «no ha modificado el delito de sedición para sujetarse a unas nuevas exigencias legales o minorar su pena, sino que lo ha derogado».

«Y, puesto que las acusaciones no pueden fraccionar las previsiones de la nueva ley y eludir esta derogación, la aplicación de la reforma comporta una despenalización del artículo que se mostraba aplicable conforme a la legislación anterior», recalca.

El tribunal de Cerdeña archiva la extradición de Puigdemont

Un tribunal de la ciudad italiana de Sassari ha archivado el procedimiento para la ejecución de la extradición de Carles Puigdemont, arrestado en Cerdeña en septiembre de 2021 y después puesto en libertad.

La Corte de Apelación de Sassari, que instruía esta causa, ha constatado la expiración de la orden de arresto europeo contra Puigdemont y «declarado extinto el proceso», se lee en el auto. La decisión del tribunal sardo responde a la derogación del delito de sedición tras la reforma del Código Penal, medida impulsada por el Gobierno.

La Fiscalía pide repetir el juicio a la Mesa de Torrent

Por otra parte, la Fiscalía ha presentado un recurso en el TS donde pide que ordene repetir el juicio celebrado en el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) contra los miembros de la Mesa del Parlament que presidió el ahora conseller Roger Torrent por desobediencia al Tribunal Constitucional (TC), al tramitar resoluciones parlamentarias relacionadas con la autodeterminación y que reprobaban a la monarquía, por considerar que la absolución fue «absolutamente arbitraria».

El escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, supone formalizar el recurso que el Ministerio Público ya anunció días después de conocerse la sentencia que el pasado noviembre exoneró a Torrent y los ex miembros de la Mesa del Parlament Josep Costa, Eusebi Campdepadrós y Adriana Delgado, que fueron juzgados entre el 5 y el 7 de octubre por presuntamente desobedecer al TC al tramitar dichas resoluciones parlamentarias.