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EH Bildu y ERC piden en el Senado retirar del Código Penal español los delitos de «injurias a la Corona»

Las formaciones soberanistas EH Bildu y ERC han presentado en el Senado una proposición de Ley para modificar el Código Penal español y «superar las censuras que tipifican como delito la quema de banderas o las injurias a la monarquía».

La portavoz de ERC, Marta Vilalta, junto a Mertxe Aipurua y Maddalen Iriarte. (Marisol Ramírez/FOKU)
La portavoz de ERC, Marta Vilalta, junto a Mertxe Aipurua y Maddalen Iriarte. (Marisol Ramírez/FOKU)

EH Bildu y ERC han presentado una proposición de Ley en el Senado para retirar del Código Penal español los delitos de «injurias a la Corona» que actualmente se castigan con penas que oscilan entre seis meses y dos años de prisión.

Las formaciones soberanistas consideran que «una democracia real debería de poner vías para que todas las personas expresen sus ideas libremente», y por ello instan a modificar el Código Penal «para superar las censuras que tipifican como delito la quema de banderas o las injurias a la monarquía».

El grupo compuesto por ambas formaciones recuerda que «durante los últimos años se han producido varios casos en los que la justicia española ha perseguido a artistas, periodistas o revistas satíricas por hacer uso de su libertad de expresión a través de canciones, publicaciones en redes sociales y/o portadas con referencias a la Monarquía». Al mismo tiempo, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha declarado que «el interés de un Estado por proteger la reputación de su propio Jefe de Estado no puede justificar la concesión al mismo Estado de actuar contra el derecho a informar o expresar las opiniones sobre él». Por ello, el TEDH sostiene que la quema de las imágenes del monarca español entra dentro del ámbito de la crítica política y está protegido por el derecho a la libertad de expresión. De hecho, condenó al Estado español por ello.

EH Bildu y ERC subrayan que el artículo 19 de la declaración Universal de los Derechos Humanos afirma que «todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión, sin ser molestado a causa de sus opiniones». Asimismo, recalcan que «también el artículo 10 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales realizado en Roma y ratificado por el Estado español recoge que este derecho comprende la libertad de recibir y comunicar informaciones o ideas sin que haya injerencias por parte de las autoridades públicas».

Por ello, señalan que el Estado español «debe adecuar» la legislación vigente a las exigencias de los convenios anteriormente mencionados. «Más allá de las consideraciones éticas, morales o políticas de cada ciudadano, este tipo de expresiones no deberían figurar en el Código Penal, sino que deberían considerarse muestras de la libertad de expresión».