La justicia gratuita llega a las víctimas de agresión sexual de todo el Estado
La Ley Orgánica 1/2025, publicada en el BOE, reconoce el derecho a la justicia gratuita para las víctimas de todo tipo de violencias machistas al ampliar los supuestos recogidos en la ley de 1996. El cambio no se hará efectivo hasta octubre. En Hego Euskal Herria ya se reconoce ese derecho desde el mismo momento de la denuncia, a través de convenios y la legislación propia.

Con más de dos años de retraso, el Boletín Oficial del Estado ha publicado por fin uno de los aspectos clave de la ley integral de violencia machista, también conocida como ley del «solo sí es sí». A partir del próximo mes de octubre, los supuestos en los que las víctimas de violencia machista tendrán reconocido el derecho a la justicia gratuita dejarán de estar constreñidos a la violencia por parte de la pareja y se amplían a los delitos contra la integridad sexual, el acoso y el matrimonio forzado.
Pese a que el Estado retrasa el reconocimiento de este derecho otros nueve meses, las administraciones vascas ya habían buscado fórmulas para que las víctimas de agresiones sexuales accedieran a la justicia gratuita.
Patricia Abad, directora del Instituto Navarro de la Igualdad (equivalente a Emakunde), explica que en 2021 se promulgó un decreto foral que extiende el derecho a la justicia gratuita para las víctimas de todas las conductas tipificadas en la ley 14/2015 de violencia contra las mujeres, que aprobó el Parlamento foral.
«El servicio siempre es mejorable, pero a diferencia de lo que ocurre en otras comunidades, en Navarra, País Vasco o La Rioja estamos ofreciendo esta asistencia desde hace años», explica Abad.
«Si alguien no tiene recursos, en el conjunto del Estado se le proporciona un abogado del turno de oficio, pero eso no significa tener justicia gratuita», explica Carla Vall i Duran, penalista y docente catalana especializada en violencia contra la mujer.
Esa asistencia letrada costará más o menos según un baremo establecido en función de los ingresos de la víctima y, en caso de superar el umbral, se deniega.
LOS CAMBIOS DEL BOE
Solo unas pocas víctimas disponían hasta el cambio publicado ayer de asistencia jurídica gratuita. Fundamentalmente, víctimas de terrorismo, personas con discapacidad de especial protección y víctimas de trata.
El único supuesto de víctimas de violencia machista para el que realmente la justicia era gratis era en el caso de que el delito lo cometiera la propia pareja. Esto es, para los casos de maltrato que recogía la Ley 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, promulgada durante la primera legislatura de José Luis Rodríguez Zapatero.
Desde aquella ley pionera, el concepto de violencia de género o machista fue evolucionando social y penalmente y extendiéndose más allá de la violencia que se ejerce dentro de la pareja y el maltrato. Sin embargo, la asistencia a las víctimas no se actualizó de forma paralela.
Por ello, Hego Euskal Herria avanzó por su propia cuenta y dispuso medios para acompasar la gratuidad con lo que hoy se entiende por violencia machista, pero no así el conjunto estatal.
Cuando se aprobó la ley del «solo sí es sí» a impulso de la ministra Irene Montero el 7 de octubre de 2022, se dio el plazo de un año al Ministerio de Presidencia para que retocara la ley de asistencia gratuita a las víctimas para incluir a todas las afectadas por la violencia machista. Sin embargo, el Ministerio que hoy dirige Félix Bolaños incumplió el plazo y no incluyó estos cambios hasta el pasado día 3 de enero, cuando apareció la nueva redacción en el Boletín Oficial.
No obstante, la publicación en el BOE no supondrá que el cambio sea inmediato, sino indica que el acceso a la justicia gratuita no se universalizará hasta el mes de octubre, pues así lo indica el propio BOE.
El cambio, por otra parte, va más allá del reconocimiento del derecho a que la asesoría y una asistencia letrada no cuesten nada a las victimas.
«La mayoría de los turnos de oficio en el Estado requieren una formación obligatoria en la materia, que ahora con este cambio deberá garantizarse para las víctimas de violencia sexual. En la actualidad, esas personas pueden ser asistidas por abogados que no tenían una formación específica, con todo lo que eso supone», subraya Vall i Duran.
EXPERIENCIA EN LA CAV
Los abogados que trabajan en los turnos de guardia en Araba, Gipuzkoa y Bizkaia pueden recibir una llamada cuando se produce una detención por un delito penal en esa jurisdicción y, en consecuencia, garantizar que esa persona se enfrente con garantías a un proceso en el que se le pedirá una pena de cárcel.
O, también, les pueden avisar porque se ha producido un caso de violencia machista o una agresión contra la libertad sexual. En este caso, a quien deben asistir es a la víctima.
«En el turno se reciben muchas llamadas para asistir a víctimas de violencia machista. El de la justicia gratuita es un derecho del que realmente se hace uso. Y se hace uso habitualmente de él, sencillamente, porque estos son delitos que se cometen mucho», sostiene Manu Prieto, responsable del Servicio de Orientación Jurídica de Bilbo.
Prieto también señala que las víctimas de agresiones contra la integridad sexual cada vez son más porque cada vez hay más conductas que han sido calificadas como delito. «No solo protege a las mujeres, sino que también se asiste a hombres cuando han sido agredidos por otros hombres», añade el abogado.
En la CAV, el servicio de asistencia jurídica gratuita se garantiza a través de convenios entre la Administración y el Colegio Vasco de la Abogacía. Este convenio fue renovado el 15 de mayo del año pasado. Y desde el Servicio de Orientación Jurídica destacan que la asistencia gratuita a víctimas se encuentra «muy asentada» en la CAV y que, con el paso de los años, se ha interiorizado también por parte de los cuerpos policiales, que informan a estas personas de este derecho.
FORMACIÓN ESPECÍFICA EN EL TURNO DE OFICIO
Por otro lado, dentro de lo que se conoce comúnmente por turno de oficio, existe una categoría específica para atender a las víctimas de violencia contra la mujer. Y, del mismo modo que se exigen unos mínimos de conocimiento y experiencia para asistir a las personas a las que se les imputa un delito, aquellos abogados que asisten a víctimas de violencia sexual deben acreditar su capacitación para ello.
A la hora de comenzar en el turno de atención a víctimas de casos que se llevan en los juzgados de violencia contra la mujer, en la CAV se exige la realización de un curso de formación específico. Posteriormente, para mantenerse en la lista de las guardias, se exige la realización anual de un test de reválida, que garantiza la actualización del abogado en cuestiones relativas a los juzgados de violencia contra la mujer.
La regulación y ampliación de los derechos de las víctimas constituye, según explicó Gema Varona, la directora del Instituto Vasco de Criminología (IVAC) en una entrevista a GARA, uno de los grandes retos que tiene el sistema jurídico, que siempre se ha centrado en los derechos del investigado. En este sentido, Varona indicó que lo que sucede con las víctimas de violencia constituye un avance trascendente.

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