
El 28 de febrero de 2006, el Tribunal Supremo español no solo rechazó el recurso presentado por Unai Parot que impugnaba la manera en que se le habían aplicado las reducciones de pena, sino que establecía una jurisprudencia que desde entonces se ha aplicado a casi un centenar de vascos, extendiendo su estancia en prisión durante siete años en algunos casos. Pero dos años después del cese definitivo de la lucha armada de ETA, en un contexto nuevo, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha dicho basta. La cadena perpetua de facto toca a su fin en el Estado español, y así lo asumían, muy cariacontecidos y a regañadientes, los ministros de Interior y Justicia apenas hora y media después.
El caso de Inés del Río fue el primero en llegar al Tribunal Europeo de Derechos Humanos después de recorrer todas las instancias judiciales españolas. Una tras otra, avalaron la doctrina 197/2006. Su recurso, presentado el 3 de agosto de 2009, se fundamentaba en que dicha decisión vulneraba los derechos recogidos en el artículo 7 y en el 5,1 del Convenio de Derechos Humanos. Así lo entendió Estrasburgo en primera instancia en julio de 2012 y así lo reafirmó ayer, con lo que la sentencia ya es firme y no caben más recursos. Solo ejecutarla.
Ante una expectación enorme tanto en Euskal Herria como en el conjunto del Estado español, a las 11.30 la Gran Sala europea, compuesta por diecisiete jueces y presidida por el luxemburgués Dean Spielmann, hizo pública una resolución que ratifica la ilegalidad de la doctrina. La noticia del fallo corrió como la pólvora y fue recibida con serena emoción por los familiares y allegados de los presos vascos, en cuatro concentraciones simultáneas. Las dudas legales se aclararon más pronto de lo previsto, y pronto el Gobierno español asumía públicamente su derrota jurídica.
Veredicto contundente
El fallo de la Gran Sala se divide en cuatro apartados. En los dos fundamentales el consenso ha sido casi total. En lo referido al artículo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, la evidencia de su quebrantamiento es apoyada por 15 de los 17 magistrados. En cuanto al artículo 5,1, existe unanimidad.
También se da la misma conformidad en lo que afecta a la obligatoriedad de la ejecución de la sentencia (art. 46). Así el Tribunal Europeo establece que las autoridades españolas deben garantizar la liberación Inés del Río «en el plazo más breve posible» (solo un juez se desmarcó).
Únicamente en la cuestión accesoria de la indemnización de 30.000 euros a la presa navarra por daños y perjuicios morales (art. 41) la opinión de los jueces está más dividida (10 a favor y 7 en contra). En cualquier caso, el ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, avanzó que la indemnización será destinada a compensar las que «en su día el Estado tuvo que satisfacer a las víctimas debido a la insolvencia de Del Río».

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