Exentas de la ITE las casas unifamiliares que no den a la vía pública
Las viviendas unifamiliares de la CAV solo deberán pasar la Inspección Técnica de Edificios (ITE) en el caso de que tengan una fachada que mire a la vía pública. Tampoco tendrán obligación de presentar este certificado los caseríos que cuenten con explotaciones agrarias o ganaderas.
El nuevo decreto aprobado por Lakua, que entra hoy en vigor, clarifica diversas cuestiones que «dificultaban» la realización de la ITE en todos los edificios que deben pasarla (aquellos con más de 50 años de antigüedad) y se agiliza el procedimiento para la evaluación y comprobación de las inspecciones, según explicó el consejero de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, Iñaki Arriola.
Hasta ahora se había creado «confusión» debido a que en el primer decreto de 2012 se excluía expresamente a las viviendas unifamiliares de la necesidad de pasar la ITE, y en la reforma de 2014 se hizo obligatoria para todas estas viviendas sin excepción.
El nuevo decreto establece un punto intermedio, quedando exentas algunas, mientras que las que den a vía pública serán los ayuntamientos los que decidan si deben presentar o no la ITE. En el caso de los caseríos no se considerarán de «uso predominantemente residencial», por lo que no estarán obligados a pasar la inspección.
Por otro lado, Arriola señaló que aún queda un «largo camino» para completar todas las inspecciones a las que están obligados los edificios de la CAV con más de 50 años de antigüedad ya que, de los 73.429 inmuebles que deben pasar la ITE, Lakua tiene constancia de que se ha llevado a cabo hasta ahora en 21.416, un 29%.

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