Ane URKIRI ANSOLA
DONOSTIA
fallo de la justicia europea

El TJUE dicta a favor de analizar la abusividad del IRPH caso por caso

El Tribunal de Justicia de la UE ha fallado a favor de los consumidores en la sentencia sobre el índice IRPH en las hipotecas. Abre la puerta a analizar caso por caso y deberán ser los jueces españoles quienes estudien si se comercializó de forma abusiva. Los afectados están satisfechos con la sentencia y la banca se refugia en el fallo del Supremo de 2017.

La legalidad del Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) no estaba en liza en las cuatro preguntas que debía analizar el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en respuesta a los letrados Maite Ortiz y Jose María Erauskin –de Abogados Res– que consiguieron elevar el caso a tribunales europeos después de una sentencia negativa del Tribunal Supremo, que cerró la puerta a que los jueces entraran a valorar su abusividad. «Nunca hemos pedido la nulidad del IRPH; sino que queríamos que se pronunciara si la cláusula que incorpore el IRPH puede someterse a un control de transparencia», indicó Ortiz ante la prensa.

El TJUE, en la línea marcada por el abogado general de la UE , el polaco Maciej Szpunar, el pasado setiembre, ha dado la razón a los consumidores con hipotecas referenciadas al índice IRPH y sentencia que los jueces españoles deben controlar, uno a uno, si se comercializaron de forma abusiva, lo que permitiría exigir compensar a los afectados cuando sea el caso.

El Tribunal de Luxemburgo permite analizar judicialmente la comercialización del IRPH, pues considera que no es un índice obligatorio y, por tanto, no queda exenta del control de transparencia.

Para que los bancos puedan defender la «transparencia» deberán demostrar que ofrecieron la «debida información» al consumidor. El TJUE establece que para considerar que un consumidor ha sido debidamente informado sobre las consecuencias económicas de ligar su hipoteca al IRPH el banco debió informarle sobre la evolución pasada del índice. Las entidades tienen ahora la obligación de demostrar que entregaron a los clientes tablas o gráficas con la evolución pasada del IRPH.

Al respecto, Ortiz se mostró confiada en que los bancos difícilmente podrán demostrarlo «porque no lo hicieron». Según comentó, ninguno de los afectados y las afectadas con las que mantienen el contacto sabía cómo se calculaba dicho índice y «dudo mucho que el banco haya sido honrado».

Anular o sustituir

Adicae, la Asociación de Usuarios de Banca, Cajas y Seguro de la CAV, calcula que son 30.000 los usuarios afectados en Araba, Bizkaia y Gipuzkoa por la aplicación del IRPH a través de dos entidades financieras vascas: BBVA, con préstamos referencia- dos por valor de 2.8000 millones en todo el Estado español, y Kutxabank, con 727 millones. En Nafarroa, se estiman entre 8.000 y 9.000 afectados. En el Estado español habría un millón de perjudicados.

Adicae cifra entre 15.000 y 40.000 euros la cuantía que se podría recuperar reclamando caso por caso y apunta que la cuota de cada préstamo se vería rebajada en unos 150 euros mensuales. Irache, Asociación de Consumidores de Nafarroa, calcula que los afectados han estado pagando entre 250 y 300 euros de más al mes.

Los jueces tienen dos opciones si creen que la aplicación del IRPH, más estable que el Euríbor pero mucho más caro, no fue comprensible para el cliente y si no fue avisado de los efectos económicos que podría acarrear firmar esa cláusula.

Por un lado, pueden exigir la nulidad absoluta del interés, una decisión que supondría que el consumidor pasaría a pagar la amortización del capital prestado, sin ningún tipo de interés, y la entidad estaría obligada a devolver todo lo que el cliente pagó de más por este índice más los intereses generados.

Por otro, siempre que la nulidad del índice sea perjudicial para el consumidor –porque el contrato no puede subsistir sin el interés y si esto obliga a pagar de golpe todo el préstamo–, el juez puede exigir que el IRPH sea sustituido por otro índice hipotecario, como por ejemplo el Euríbor. «Cualquier afectado estaría encantado de sustituirlo por el Euríbor», apuntó Ortiz.

Por ello, antes de emprender la vía judicial, la letrada de Abogados Res aconseja a las personas afectadas que intenten buscar un acuerdo con la entidad financiera correspondiente. «Nunca hay que despreciar la posibilidad de buscar un acuerdo», señaló, advirtiendo de que el procedimiento judicial puede llegar a ser muy largo.

«Aunque el panorama es muy bueno para quien quiera ir al Juzgado, si una de las partes se pone terca, se puede llegar hasta el Tribunal Supremo (TS). Se empieza hoy y acabas dentro de cinco o seis años, y eso no se puede ocultar», manifestó Ortiz.

Kutxabank se escuda en el TS

Para Abogados Res, la sentencia del TJUE es un «paso importantísimo» porque el dictamen del TS le dio un carácter de «intocabilidad» al IRPH. No obstante, los bancos se mostraron tranquilos con la decisión de la corte europea y se escudaron en la sentencia del Supremo. Es el caso de Kutxabank, que recordó que en 2017 el Supremo aceptó su recurso a una condena de la Audiencia Provincial de Araba.

Kutxabank, que en junio de 2019 tenía 727 millones de euros en préstamos referenciados al IRPH, cree que el fallo «refrenda que la actuación en esta materia por parte de Kutxabank se adecúa a la normativa exigible».

 

Gorenaren ezezkoa jaso zuten aurreneko kasuek ezingo dute berriro salatu

Europar Batasuneko Justizia Auzitegiak atzo argitaratutako epaiarekin, hainbat prozesu judizial irekiko dira IRPH indizearen abusuzko erabileraren inguruan. Bada, Res Abokatuak bulegoko Maite Ortiz letratuak gogorarazi zuen lehenago salatu zutenek eta kontrako epaia jaso zuten horiek ezingo dutela berriro salatu, jada erantzun bat jaso zutelako.

«Berrogei familia inguru geratzen zaizkigu Europar Batasuneko Justizia Auzitegiaren epaitik kanpo», zehaztu zuen Ortizek eta beraz, egoera hobeto aztertzen hasiko direla aurreratu zuen. «Ezin da gauza bat bi bider epaitu, ezingo ditugu kasu horiek auzitara eraman abusuzko erabileragatik baliogabetasuna eskatuz», adierazi zuen. Hortaz, auzitara eramateko beste era bateko baliogabetasuna bilatzen saiatuko direla ziurtatu zuen.

Berrogei familia horiek dira IRPH Stop Gipuzkoa plataforma sortzen lagundu zutenak. Res Abokatuak bulegoak lehenengo epaiketa irabazi zuen 2014an Donostiako Merkataritza Epaitegian eta ondotik, beste hogeita hamar bat kasu batu zitzaizkion. 2017an Auzitegi Gorenak abusuzko erabilera baztertu zuen.A.U.A.

 

La PAH exige rectificación pública del TS tras la sentencia

La Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) celebró la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que da la razón a quienes tienen hipotecas referenciadas al índice IRPH. Los jueces del Estado español deberán controlar si se comercializaron de forma abusiva, lo que abre la puerta a anularlas cuando sea el caso.

«La Justicia europea corrige al Tribunal Supremo y permite denunciar este abuso. Será la Justicia española la que deberá decidir, caso a caso, sobre la nulidad del IRPH», aclaró la PAH en un comunicado. Así pues, la plataforma de afectados pide al alto tribunal que rectifique públicamente por «el sufrimiento» causado a las personas hipotecadas.

Según la PAH, ya estaba demostrado que el IRPH «ha sido más perjudicial que el Euríbor, encareciendo las hipotecas que asfixiaban a las familias». Por ello, se pregunta «qué pasará con las familias que no pudieron pagar por estas subidas abusivas y, junto a sus avalistas, fueron víctimas de una ejecución de su hipoteca sin que nadie les protegiese de los abusos que contenía». «¿Les van a devolver su hogar?», cuestiona la plataforma.

La PAH recordó que hasta ahora el Supremo, por sentencia dictada en diciembre de 2017, había cerrado la puerta a denunciar este tipo de abuso, considerando que el índice IRPH venia regulado en la normativa del Banco de España y que los jueces no podían entrar a valorar su abusividad.

«Por enésima vez, el criterio del TS es anulado, su jurisprudencia invalidada, y es la Justicia europea la que ejerce una verdadera protección de las personas hipotecadas», destacan los afectados.

No obstante, la PAH expresó sus temores porque «sabemos de qué pie calza la banca y cierta cúpula judicial, que a lo largo de los últimos diez años viene impidiendo que se haga justicia con los desmanes de la banca durante la burbuja inmobiliaria». Criticó que en la reciente ley de crédito inmobiliario no se recoge el IRPH como abusivo, lo que evidencia «que fue una reforma de maquillaje».GARA

 

Cronología

abril DE 2014

El Juzgado de lo Mercantil de Donostia dicta a favor de una pareja de Tolosa en primera instancia y condena a Kutxabank.

ENERO DE 2015

La Audiencia Provincial de Gipuzkoa estima «en parte» la apelación de Kutxabank y revoca la primera de las más de 30 sentencias que declaran la nulidad del IRPH.

ABRIL DE 2015

El Juzgado de lo Mercantil de Donostia dicta una nueva sentencia de nulidad de IRPH en una hipoteca de Kutxabank.

MARZO DE 2016

Primera sentencia de nulidad de IRPH dictada por una Audiencia Provincial. La Audiencia de Araba condenó a Kutxabank.

DICIEMBRE DE 2017

El Tribunal Supremo revoca una sentencia de nulidad de IRPH dictada en Gasteiz y que fue ratificada por la Audiencia Provincial.

FEBRERO de 2018

El Juzgado de Primera Instancia nº 38 de Barcelona abre una pieza separada para elevar cuestión al TJUE.

SETIEMBRE DE 2019

El abogado general de la UE, Maciej Szpunar, publica sus conclusiones y dicta que el IRPH no está exento de control por el simple hecho de ser oficial.

Marzo DE 2020

El TJUE apunta que su modo de implantar puede ser abusiva, por lo que propone estudiar judicialmente cada caso en los juzgados estatales.