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Quien pagó las multas del confinamiento no se beneficiará del archivo decretado por Lakua

El archivo de 14.700 multas relativas al confinamiento por la covid-19 que ha decretado por el Gobierno de Lakua no afectará a las más de 5.200 sanciones que fueron ya abonadas por «Pronto pago» o a las casi 3.000 que cuentan con resolución de sanción en firme.

Patrullas de la Ertzaintza por la noche en el Boulevard de Donostia. (Gorka RUBIO/FOKU)
Patrullas de la Ertzaintza por la noche en el Boulevard de Donostia. (Gorka RUBIO/FOKU)

El Gobierno de Lakua va a archivar los alrededor de 14.700 expedientes sancionadores no firmes derivados de las multas interpuestas durante el confinamiento establecido en el primer estado de alarma, el que fue del 14 de marzo a 9 de mayo de 2020, que fue declarado inconstitucional por el Tribunal Constitucional.

Esta medida no afectará a las más de 5.200 multas ya abonadas por «Pronto pago» o a las casi 3.000 que cuentan con resolución de sanción en firme.

El BOPV publica este miércoles una orden del 17 de agosto del vicelehendakari primero y consejero de Seguridad, Josu Erkoreka, por la que se llevan a cabo diversas actuaciones con motivo del fallo de la Sentencia del Constitucional 148/2021, de 14 de julio de 2021.

En la orden se recuerda que, por Real Decreto de 14 de marzo, se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación sanitaria ocasionada por la covid-19, donde se incluían limitaciones a la libertad de circulación de las personas.

En julio de este año una sentencia de este tribunal estimó parcialmente un recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra este Real Decreto, declarando inconstitucionales y nulos, entre otros, los apartados 1 y 3 del artículo 7, que hacían mención a esas limitaciones a la libertad de circulación de las personas.

En la orden se señala que concurren circunstancias de índole técnico-jurídica que justifican dar respuesta en un único acto administrativo a la variedad de situaciones jurídicas surgidas con motivo del fallo de la sentencia del Tribunal Constitucional.

Por lo tanto, en aplicación del fallo, en la orden acuerdan no incoar aquellos procedimientos sancionadores en los que la conducta infractora consista únicamente en haber infringido los apartados 1 y/o 3 del artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaraba el estado de alarma.

También se procede a finalizar tanto los procedimientos en los que, habiendo sido incoados, no haya recaído aún resolución sancionadora, como los procedimientos en los que, habiendo recaído resolución sancionadora, esta no es firme por haber sido recurrida en alzada en el plazo legalmente establecido y no haber sido todavía resuelto dicho recurso.

Además, se ha acordado estimar los recursos de alzada, a los solos efectos de la anulación de la sanción impuesta, que, no habiendo recaído resolución administrativa por la que se resuelven dichos recursos, hayan sido interpuestos en plazo contra los procedimientos administrativos sancionadores.

Ertzaintza y policías locales

La Ertzaintza y las policías locales de la CAV, cuyos expedientes tramita el Ejecutivo de Lakua, habían interpuesto 22.957 denuncias por ligadas a esa normativa del primer estado de alarma.

De esas denuncias, a fecha de finales de julio, el Gobierno había incoado 20.237 expedientes sancionadores y quedan paralizados los que no son firmes o las denuncias que no se hayan incoado todavía, en total 14.740.

En concreto, de los citados 20.237 expedientes sancionadores, un total de 5.256 son firmes al haberse abonado por el procedimiento del «Pronto pago» sin recurso y otros 2.961 son firmes también por tener resolución de sanción, ya, en firme.