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Declaran nulas las primarias en las que se eligió a Eba Blanco secretaria general de EA

Una sentencia de la Audiencia de Araba ha declarado nulo de pleno derecho el procedimiento de primarias que dio pie a la elección de Eba Blanco como secretaria general de Eusko Alkartasuna, puesto que ocupará en funciones hasta la celebración del próximo Congreso de la formación.

Eba Blanco, en el centro, durante la rueda de prensa de presentación como secretaría general de EA. (Juanan RUIZ/FOKU)
Eba Blanco, en el centro, durante la rueda de prensa de presentación como secretaría general de EA. (Juanan RUIZ/FOKU)

La Audiencia de Araba ha declarado nulo de pleno derecho el proceso de primarias que dio pie al nombramiento de Eba Blanco como secretaria general de EA y considera que el derechos de asociación aspirante de los críticos, Maiorga Ramírez, fueron vulnerados, según señalan en un comunicado fuentes de este sector.

La resolución de la Audiencia precisa «el derecho infringido forma parte del derecho fundamental de asociación de Maiorga Ramírez y debe prevalecer sobre la capacidad de autoorganización del partido porque esta última no respondió a las exigencias de pluralismo que exige el principio democrático que es condición de validez de dicha libertad».

La sentencia recalca que las propias «exigencias de democracia imponen a las estructuras del partido conceder espacios a las posiciones minoritarias o alternativas a la corriente dominante».

Todo ello para que «se puedan presentar a los órganos del partido en condiciones de igualdad, sin que el aparato pueda instituir barreras normativas tan elevadas que, en la práctica, hagan imposible o excesivamente gravosa la formalización de candidaturas» de quienes «tengan menos capacidad e influencia en el partido».

El escrito judicial constata también que «las precandidaturas mejor consolidadas en la estructura del partido disponen de la ventaja de poder recoger avales antes que aquellas otras que, por tener menos implantación, precisen de la consulta del censo electoral para el mismo fin».

«En definitiva –agrega–, las alegaciones de la única candidata proclamada –Eba Blanco– ponen de manifiesto que el trámite de recogida de avales establecido en el reglamento de primarias dificultaba el cumplimiento de este requisito para formalizar la candidatura, de modo que sólo si se iniciaba esa recogida de avales antes de la apertura de la fase reglamentaria, era factible cumplir con tal requisito».

«Se constata un fracaso, fruto de un anómalo funcionamiento orgánico de EA, que pone en evidencia que en el partido se ha optado por una escasa adhesión al cumplimiento de su normativa interna a todos los niveles, estatutaria y reglamentariamente», concluye el escrito judicial.

En su comunicado, el sector crítico recalca ahora que la candidatura de Maiorga Ramírez a la Secretaría General de EA fue excluida de «forma irregular, a pesar de contar con 400 avales (entre ellos los del lehendakari Carlos Garaikoetxea) frente a los 55 de Eba Blanco».

Este sector anuncia que en las próximas horas llevará a cabo una comparecencia pública para opinar «con más profundidad» sobre esta sentencia que, a juicio de Ramirez, constituye «una buena noticia para la democracia interna y los derechos del conjunto de la afiliación».

Eba Blanco seguirá al frente

Por su parte, la dirección de EA ha recordado que la sentencia de la Audiencia Provincial no es firme, y ha anunciado que Eba Blanco seguirá como secretaria general en funciones hasta la celebración del Congreso de la formación.

Ha hecho hincapié en que, sobre la gestión de la Base de Datos, la sentencia «ratifica que la dirección del partido ha obrado escrupulosamente. De hecho, la sentencia dice textualmente 'apreciamos que el interés de los actores –demandantes- estaba encaminado a servir a la candidatura de Maiorga Ramírez y no a efectuar un mero control del funcionamiento del partido; todo ello pretendiendo ejercer unas funciones que, como veremos, no les concede la normativa estatutaria».

Sobre la actuación del Comité de Garantías, la dirección advierte de que «la sentencia vuelve a incidir que obraba de manera muy irregular», y remarca que, ¡ sobre el proceso de primarias, «la sentencia pide rehacer el reglamento de primarias aprobado por la Asamblea Nacional, pues el requisito de los cinco avales por territorio no connive con el reglamento de organización del propio partido. Debemos pues corregir la incongruencia entre ambos reglamentos».