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Donostia

El Boletín Oficial de Gipuzkoa certifica la constitución de Igeldo como nuevo municipio

El Boletín Oficial de Gipuzkoa publica hoy el decreto foral que aprueba la segregación de Igeldo porque queda «acreditado» que el nuevo municipio es «económicamente viable» y existe un «motivo de interés público» para llevarla a cabo, que es el «respeto a la voluntad vecinal».

El nuevo municipio limita con Donostia, Usurbil y Orio.
El nuevo municipio limita con Donostia, Usurbil y Orio.

El nuevo decreto foral 46/2013 de 17 de diciembre por el que se aprueba la segregación «revoca» y «deja sin efecto» el decreto foral 6/2010 de 16 de marzo que desestimaba la solicitud de constituir un nuevo municipio en Igeldo formulada por Itxas Aurre, la asociación de vecinos del hasta ahora barrio de Donostia, quince años antes, en febrero de 1995.

En el decreto de 2010 la Diputación de Gipuzkoa, entonces gobernada por el PNV, argumentaba la negativa a la desanexión en que el nuevo municipio resultaría económicamente inviable y que no concurría el requisito de la existencia de motivos permanentes de interés público.

El texto del decreto publicado hoy considera que la decisión de crear un nuevo municipio es «conveniente y oportuna» por ser «respetuosa con la voluntad vecinal» expresada en la consulta celebrada en Igeldo el pasado 10 de noviembre.

Asegura que «a la vista de la nueva documentación aportada por Itxas Aurre» el pasado 3 de junio, de la facilitada por el Ayuntamiento de Donostia en contestación a la anterior y del resultado de la consulta popular «queda acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa aplicable» para que pueda tomarse en consideración el proyecto de desanexión.

Entiende que del decreto foral de 2010 –que establecía un mínimo de 2.500 habitantes para constituir un nuevo municipio– «se puede deducir que el tamaño y el número de los municipios no es un fin en sí mismo» sino que el «fin fundamental» consiste en la «garantía de la suficiencia económica» para la prestación de los servicios públicos correspondientes a las competencias municipales.